Incidente Nº 10 - IMPUTADO: QUIROGA, EMILSE ROCIO ALEJANDRA s/INCONSTITUCIONALIDAD
Incidente por inconstitucionalidad contra normas de ejecución penal por la defensa de Emilse Rocío Alejandra Quiroga. El Tribunal Oral Federal de Tucumán hizo lugar y declaró inconstitucionales el artículo 14 inciso 10 del Código Penal y el artículo 56 bis inciso 10° de la ley 24.660, por vulnerar principios constitucionales según sus fundamentos.
¿Quién es el actor?
La defensa de Emilse Rocío Alejandra Quiroga.
¿A quién se demanda?
Normas legales (art. 14 inc. 10 del Código Penal y art. 56 bis inc. 10 de la ley 24.660) / Estado.
- Objeto de la demanda: Pedido de declaración de inconstitucionalidad del artículo 14 inciso 10 del Código Penal y del artículo 56 bis inciso 10° de la ley 24.660 (limitaciones a beneficios y régimen de progresividad para determinados delitos).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al pedido de la defensa y se declaró la inconstitucionalidad del artículo 14 inciso 10 del Código Penal y del artículo 56 bis inciso 10° de la ley 24.660; se ordenó protocolizar y hacer saber.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en el fallo):
“Sostiene que las restricciones como la contenida en el art. 56 bis de la ley 24.660 resultan contrarias a los fines de la ejecución de la pena de jerarquía constitucional ya que no consideran el esfuerzo personal del interno, su evolución en el tratamiento penitenciario, ni las calificaciones de conducta y concepto que éste alcance, dado que de cualquier forma se encontraría imposibilitado en su acceso”.
“Por lo expuesto, cuando una regla infringe, como en el presente caso, principios fundacionales cuya tutela es deber del poder estatal, su declaración de inconstitucionalidad se impone como una obligación para los órganos que ejercen la actividad jurisdiccional, sin que ello pueda ser interpretado como una indebida intromisión en las facultades reconocidas al resto de los poderes que conforman nuestro Estado de Derecho.”
(Además, el fallo analiza precedentes y órganos superiores:) “No puede soslayarse la opinión reciente (8 de abril de 2025) y contraria emitida -por mayoría
- por la Excma. Cámara Federal de Casación Penal, en Acuerdo Nº 7/2025 in re: Tobar Coca, Néstor; como tampoco lo establecido en el Art. 10 de la Ley 24050, que dispone la aplicación obligatoria para la misma y los tribunales inferiores. ... Debe partirse objetivando que el debate sobre la constitucionalidad de los fallos plenarios es complejo y no hay una respuesta unívoca.”
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el dispositivo final; la declaración de inconstitucionalidad refleja la decisión del juez de ejecución que suscribe.
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