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RASO, ALICIA EDITH c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

Amparo de beneficiaria contra ANSES por descuentos y tope en cálculo de prestaciones previsionales. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la declaración de inconstitucionalidad del tope y la resolución cuestionada respecto de la actualización, impuso costas a ANSES y rectificó la regulación de honorarios fijándolos en 10 UMA (doble carácter) y un adicional del 30% por la instancia de apelación.

Amparo Anses Inconstitucionalidad Resolucion 6/2009 Tope remuneratorio Honorarios 10 uma Costas Ley 16.986 Actualizacion uma Seguridad social.


¿Quién es el actor?

RASO ALICIA EDITH (parte actora).

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Amparo (Ley 16.986) solicitando se declare inconstitucional el tope previsto en el art. 9 de la ley 24.463 y la inaplicabilidad del art. 14 de la Resolución SSS 6/2009; cese de descuentos y reintegro de sumas descontadas; y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara NO hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por ANSES y confirmó la sentencia apelada; hizo lugar al recurso de apelación del representante de la actora, rectificó la regulación de honorarios para establecer 10 UMA (suma equivalente a $788.500 según Res. 2533/2025) en doble carácter, impuso las costas de la instancia a la demandada y reguló un 30% de lo que se haya regulado oportunamente en primera instancia para los profesionales de esta instancia, con actualización al valor del UMA al momento del pago.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) Sobre la inconstitucionalidad del tope y de la Resolución 6/2009: "El artículo 24 de la Ley 24.241 expresa que: 'El haber mensual de la prestación compensatoria se determinará de acuerdo a las siguientes normas: ... calculado sobre el promedio de remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones actualizadas y percibidas durante el período de DIEZ (10) años inmediatamente anterior a la cesación del servicio.' ... El Art. 14 de la Resolución de la Secretaría de Seguridad Social Nº 6/2009 ha creado un nuevo tope que no está previsto en la Ley, al reglamentar palabra 'actualizadas' ... surge un claro exceso reglamentario ... Respecto de la Resolución de la SSS 6/2009, resulta inconstitucional por vulnerar la debida proporción entre el haber de pasividad y el haber de actividad, que limita por una reglamentación más allá de la misma ley, alterando, el texto constitucional previsto en el artículo 14 bis." 2) Sobre la calificación de vulnerabilidad y necesidad de protección especial: "Estas dos instrumentos internacionales destacan, con acierto, el derecho de los adultos mayores a un trato diferenciado, amparado además por los principios propios del derecho previsional. ... el peligro siempre inminente de que el plazo del proceso sea tan largo y escabroso que no se logre la justicia por no haber llegado a tiempo la solución y por otra parte es que se trata de derechos alimentarios en la etapa de la vida donde el sujeto se encuentra más desvalido..." 3) Sobre la regulación de honorarios: "En virtud de lo expuesto, y como se dijo, teniendo en cuenta la trascendencia económica y moral que para el interesado reviste la cuestión en debate, la labor profesional desarrollada, apreciada la misma en su novedad, calidad, eficacia y extensión, de conformidad con el art. 16 y 48 de la ley N°27.423 y del art. 1255 del CCCN, estimamos equitativo y ajustado a la labor desarrollada determinar los honorarios profesionales de la representación letrada de la actora en 10 UMA, en el doble carácter."
- Disidencias: La resolución fue acordada por unanimidad (los señores Jueces que firmaron adhirieron al voto; consta que el Dr. Manuel Alberto Pizarro no firmó por licencia). No hubo voto en disidencia que modifique lo resuelto.

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