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CASTRO, OSCAR DOMINGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó jubilado contra ANSES por reajustes y por la no aplicación del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso costas a la parte vencida, regulando honorarios al 30%.

Reajustes Jubilacion Impuesto a las ganancias Retroactivos Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Costas Honorarios Anses Seguridad social


¿Quién es el actor?

CASTRO, OSCAR DOMINGO.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes del haber previsional desde marzo de 2018 en adelante y la exención del impuesto a las ganancias sobre sumas retroactivas derivadas de la recomposición judicial.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza, por unanimidad, NO HACE LUGAR al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, CONFIRMA la sentencia en cuanto fue motivo de apelación y agravios; DECLARA la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e IMPONE las costas a la vencida; y REGULA los honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia, con actualización en PESOS y UMA en su oportunidad.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Es que, toda resolución debe estar debidamente fundada y como garantía de justicia, exige la motivación adecuada de las resoluciones conforme a las reglas de la lógica y la experiencia... Existe en la actualidad, una fuerte directriz que emana de las cartas magnas y de los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino, en consideración a la marcada vulnerabilidad y dependencia de los jubilados. En nuestro ordenamiento jurídico, a partir de la reforma del año 1994 la Constitución Nacional se ha alineado en la misma dirección, incorporando los tratados a nuestra Carta Magna, de allí que toda la materia previsional tenga una especial consideración en sus argumentos por el solo hecho de ser el sujeto pasivo un “jubilado”..." "Por lo antedicho, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por los argumentos dados por la CSJN, en el precedente 'Morales' e imponer las costas de la presente instancia a la vencida. (art. 36 de la ley Nº 27.423)." "En referencia a la aplicabilidad del impuesto a las ganancias al haber jubilatorio, en particular al retroactivo del mismo, esta Cámara se pronunció... 'Respecto de la retención sobre las sumas retroactivas ya me he expedido en innumerables votos declarándolas exentas de tributar impuesto a las ganancias'."
- Disidencias: No existen votos en disidencia; los Dres. Pizarro y Pérez Curci adhieren al voto del Dr. Castiñeira de Dios y la resolución se adoptó por unanimidad.

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