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POLIZZOTTO, JUAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó Polizzotto contra ANSES por reajustes varios de haberes previsionales. La Cámara Federal de Mendoza declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por ANSES, impuso las costas a la demandada vencida y reguló honorarios en un 30% de lo acordado en primera instancia.

Recurso de apelacion Desierto Anses Reajustes previsionales Elliff Costas Honorarios 30% Uma Ripte (mencionado por la parte) Inconstitucionalidad (alegada)


¿Quién es el actor?

POLIZZOTTO, JUAN.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios y redeterminación del haber previsional (reajustes/calculo del haber inicial conforme precedentes como Elliff; impugnación de topes y aplicación de índices de actualización).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró desierto el recurso de apelación deducido por la representante de ANSES; impuso las costas a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423) y reglamentó los honorarios de los profesionales intervinientes en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia, con actualización al valor del UMA al momento del pago efectivo.
- Fundamentos principales (párrafos y citas textuales relevantes): "Ingresando al estudio de los agravios interpuestos por la demandada advierto que la recurrente no efectúa una crítica concreta y razonada de las partes del fallo que considera equivocadas en los términos del artículo 265 y sgtes. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, por lo que estimo que ello bastaría para declarar desierta la apelación." "En el escrito de expresión de agravios la parte apelante individualiza como objeto de impugnación una sentencia dictada en los autos ‘Varas María Teresa de Jesus’, que no se corresponde con la decisión recaída en las presentes actuaciones, relativas a ‘Polizzotto Juan’. Tal imprecisión impide considerar debidamente introducidos los agravios." "Atento lo expuesto, entiendo que los agravios vertidos nada tienen que ver con la sentencia que aquí se cuestiona, siendo los mismos confusos e imprecisos, no representando una crítica concisa y razonada... En definitiva, se constituye en una mera herramienta dilatoria que de ninguna manera puede dar lugar a la apertura de esta instancia." "Las costas de la presente instancia se impondrán a la demandada vencida (Fallo ‘MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO’ art. 36 de la ley nº 27.423)."
- Disidencias: No hay disidencia; los Dres. Pizarro y Castiñeira de Dios adhieren al voto del Dr. Pérez Curci y el acuerdo resolvió en esos términos.

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