TORRES, SANDRA EDITH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS por reajustes varios del haber previsional inicial. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de ANSeS, confirmó la aplicación de la doctrina Elliff para el reajuste y ordenó costas a la demandada y regular honorarios al 30% de lo regulado en primera instancia.
Actor: TORRES, SANDRA EDITH. Demandado: ANSeS. Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios del haber previsional y redeterminación del haber inicial (PC y PAP), con impugnaciones sobre índices aplicables y constitucionalidad de normas (Decretos y leyes).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y confirmó la resolución de primera instancia; impuso las costas a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423) y reguló honorarios en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"3.
- De las constancias de autos surge que el actor obtuvo su beneficio previsional en fecha 4/04/2024 bajo el amparo de la ley 24241."
"4.-Ingresando al estudio del recurso interpuesto por la parte demandada, entiendo que mismo debe ser rechazadopor los argumentos que a continuación se expondrán."
"a.
- En primer lugar, cabe resaltar que la parte actora obtiene su beneficio en abril de 2024, es decir que es alcanzado por la sanción de la ley nº 26.417. El art. 2º establece que a fin de practicar la actualización de las remuneraciones a que se refiere el artículo 24, inciso a) de la Ley nº 24.241 y sus modificatorias, para aquellas que se devenguen a partir de la vigencia de la presente ley, se aplicará el índice combinado previsto en el artículo 32 de la mencionada ley. Luego aclara que la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social establecerá el modo de aplicación del citado índice."
"b.
- Respecto al reajuste del haber inicial (PC y PAP) corresponde ratificar lo dispuesto por el Sr. Juez a quo, ya que se ha aplicado correctamente la doctrina del leading case “Elliff”. Allí se ordenó la aplicación sin la limitación temporal del índice de los salarios básicos de la industria y la construcción
- personal no calificado-, adoptado por la resolución de ANSES 140/95."
"e.
- En cuanto al agravio de la imposición de las costas entiendo que no le asiste razón al Anses y que las mismas se impondrán a la demandada vencida, ello atento a lo resuelto recientemente por la CSJN en los autos “MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO” de fecha 22/06/2023, donde se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, con costas para la quejosa (art. 36 de la ley nº 27.423)."
No consta voto en disidencia; los Dres. Pizarro y Castiñeira de Dios adhieren al voto del Dr. Pérez Curci.
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