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Incidente Nº 1 - ACTOR: VILLAR, FLAVIA PAOLA DEMANDADO: CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA Y OTRO s/INC APELACION

Incidente de apelación sobre regulación de honorarios en acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Caja de Retiros. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar al recurso y rectificó la resolución de primera instancia para regular los honorarios del representante de la actora en 10 UMA (suma equivalente a $788.500), sin costas.

Honorarios Uma Accion declarativa de inconstitucionalidad Apelacion Caja de retiros Ley 27.423 Art. 16 Art. 48 Costas Camara federal de mendoza


¿Quién es el actor?

Villar, Flavia Paola.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina y otro.
- Objeto de la demanda: Incidente de apelación relativo a la regulación de honorarios en autos de acción declarativa de inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por el representante de la actora y se rectificó la resolución de fecha 15/09/2025 para regular los honorarios del Dr. Francisco José Miranda Groppa en 10 UMA (suma equivalente a $788.500), en el doble carácter; las sumas deberán abonarse al valor vigente del UMA al momento del efectivo pago. No se regulan honorarios para la representación de las codemandadas. Sin costas.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes textuales relevantes):
- "En consecuencia, de la lectura integral de la normativa arancelaria surge que el representante legal tiene derecho a una justa retribución, y para ello los jueces deben evaluar la naturaleza y complejidad del asunto, la índole, extensión, calidad y eficacia de los trabajos realizados, de manera de arribar a una solución equitativa y mesurada acorde con las circunstancias particulares de cada caso."
- "En virtud de lo expuesto, y como se dijo, teniendo en cuenta la trascendencia económica y moral que para el interesado reviste la cuestión en debate, la labor profesional desarrollada, apreciada la misma en su novedad, calidad, eficacia y extensión, de conformidad con el art. 16 y 48 de la ley N°27.423 y del art. 1255 del CCCN, estimamos equitativo y ajustado a la labor desarrollada determinar los honorarios profesionales de la representación letrada de la actora en 10 UMA, en el doble carácter."
- "En cuanto a las costas y honorarios de la presente instancia, debe ponderarse que la presente apelación de honorarios no genera dichos accesorios... la fundamentación de los recursos de apelación de honorarios es sólo potestativa…"
- Disidencias: No consta voto disidente; el Dr. Juan Ignacio Pérez Curci adhiere al voto que antecede. El Dr. Manuel Alberto Pizarro no firmó por licencia.

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