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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: DIAZ , IVAN ALEJANDRO CAUSA RI 8299 VN MFG s/HURTO DAMNIFICADO: CATA, DAVID ANTONIO Y OTRO

Condenan a Iván Alejandro Díaz a diez meses de prisión de cumplimiento condicional por robo simple, hurto simple y hurto agravado en grado de tentativa. El Tribunal homologó el juicio abreviado, fijó la pena solicitada y ordenó la inmediata libertad del condenado, con notificación a las víctimas conforme art. 11 bis Ley 24.660.

Juicio abreviado Robo simple Hurto simple Hurto agravado Tentativa Pena condicional Art. 431 bis c.p.p.n. Art. 26 c.p. Notificacion victimas Toc 25


- Actor (quién procesa/solicita): Fiscalía (Sra. Auxiliar Fiscal Dra. Verónica Andrea Zotta) y el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25, mediante homologación del acuerdo de juicio abreviado suscripto con el imputado y su defensa.
- Demandado/Imputado: Iván Alejandro Díaz (DNI 39.669.760), nacido el 26/08/1996, actualmente detenido en Alcaidía 10 bis de CABA (según exordio).
- Objeto/qué se reclama: Se juzgaron tres hechos penales acumulados: robo con violencia (sustracción de un celular, causa 31800/24), hurto de rueda y bulones de un vehículo (causa 47948/25) y tentativa de hurto agravado de una moto (causa 54563/2025). Se sometió el caso a juicio abreviado conforme art. 431 bis C.P.P.N.

¿Qué se resolvió?

Se condenó a Iván Alejandro Díaz a la pena de diez meses de prisión de cumplimiento condicional y costas por resultar coautor penalmente responsable del delito de "robo simple en concurso real con hurto simple en concurso real con hurto agravado por tratarse de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa" (arts. 26, 29.3, 42, 44, 45, 55, 162, 163 inciso 6° y 164 C.P.; arts. 530, 531 y 533 C.P.P.N.). Se ordenó la inmediata libertad del condenado, de no mediar orden impeditiva, y se notificó a los damnificados conforme art. 11 bis Ley 24.660. (Esta es la decisión del Tribunal y prevalece sobre propuestas de voto individual).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "Que por imperio de la Ley 24.825, el suscripto no está facultado para imponer una pena superior o más grave que la solicitada por la Sra. Auxiliar Fiscal al momento de presentar el acuerdo firmado con el imputado y su defensa." "De acuerdo con la petición formulada por la representante del Ministerio Público Fiscal y del conocimiento 'de visu' que efectuara el suscripto con el imputado, conforme las pautas de mensuración prescriptas por los arts. 40 y 41 del C.P., considero que la pena de diez meses de prisión solicitada en el acuerdo, resulta ajustada a derecho." Sobre valoración probatoria: "Los elementos probatorios incorporados a la instrucción resultan suficientes para ratificar el reconocimiento del hecho por parte del imputado." Se detallan declaraciones testimoniales, actas de detención, informes técnicos, videos y peritajes que acreditaron los hechos en cada causa. Sobre la condicionalidad: "Iván Alejandro Díaz no registra antecedentes computables, por lo que la pena mencionada a su respecto ... deberá ser de cumplimiento condicional." Y se cita doctrina de la CSJN respecto del art. 26 C.P.: "la condenación condicional procura evitar la pena corta de prisión para quien pueda ser un autor condicional..."
- Notas sobre detenciones y tiempos: El fallo deja constancia cronológica: detenido 08/06/2024 (libre el mismo día, causa 31800/24); detenido 19/09/2025 hasta 20/09/2025 (causa 47948/25); detenido nuevamente desde 25/10/2025 en adelante (causa 54563/2025).
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en el texto de la resolución final.

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