DE LA VEGA, DANIEL GERMAN c/ INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
Reclamó Daniel Germán De la Vega contra el Instituto de Ayuda Financiera para el pago de Retiros y Pensiones Militares por otorgamiento de bonificación zonal. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva del IAF y mantuvo la condena para incorporar la bonificación zonal y el pago de sumas adeudadas.
¿Quién es el actor?
Daniel Germán De la Vega.
¿A quién se demanda?
Instituto de Ayuda Financiera para el pago de Retiros y Pensiones Militares (I.A.F.).
- Objeto de la demanda: Incorporación al haber previsional del coeficiente de bonificación por zona austral establecido por la ley 19.485 mientras resida en el ámbito geográfico de aplicación; y pago de las sumas adeudadas respecto de la bonificación zonal por el período bienal anterior a la promoción de la demanda, con intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el pronunciamiento de fs. 198/206 en todo cuanto fue materia de apelación y dispuso sin costas de Alzada por no haber mediado contradictorio.
- Fundamentos principales de la decisión (fragmentos textuales relevantes):
"el señor juez federal ... admitió la demanda deducida por Daniel German de la Vega contra el Instituto de Ayuda Financiera ... ordenando a la condenada a incorporar en el haber previsional el coeficiente de bonificación establecido por la ley 19.485 ... dentro de los diez (10) días de quedar firme la presente; el que deberá calcularse sobre la sumatoria del haber mensual o sueldo básico y de los suplementos generales que en cada caso correspondan."
"la 'autarquía' como rasgo distintivo de la personalidad jurídica del ente importa únicamente un grado menor de descentralización, pero en la que el Estado como tal continúa ejerciendo un marcado control administrativo sobre las competencias delegadas al ente en cuestión; vale decir que la relación de subordinación entre la autoridad descentralizante y el ente descentralizado se mantiene indemne."
"Por otro lado ... si bien la financiación de los fondos necesarios ... esté a cargo del Estado Nacional, su liquidación y pago sigue siendo obligación del Instituto; de allí surge que su citación como demandado en las presentes actuaciones y su legitimación pasiva se encuentren justificadas."
"la solución que corresponde adoptar en el presente encuentra adecuada respuesta con las argumentaciones allí vertidas [en precedente Registro FCR 17385/2019] ... por lo que, considerando la gran cantidad de expedientes que tramitan ante esta Alzada y que reconocen similar objeto; y con el propósito de optimizar los recursos materiales ... entendemos suficiente la remisión al precedente citado..."
- Votos: El Dr. Javier M. Leal de Ibarra votó y fundamentó; el Dr. Aldo E. Suárez adhirió al voto precedente. No hubo disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: