Logo

ORGEIRA, JUAN MARIA CEFERINO c/ BANCO PATAGONIA S.A. s/ORDINARIO

El actor demandó a Banco Patagonia S.A. reclamando devolución de comisiones cobradas, daño punitivo y daño moral. La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo esencial, ordenó la restitución limitada de $175 más IVA correspondiente al débito del 31.01.2018, confirmó la condena de $600.000 por daño moral y dispuso las costas de Alzada a cargo del banco.

Apelaion Restitucion de comisiones Dano moral Dano punitivo Deber de informacion Ley 24.240 52 bis Costas de alzada Banco Consumidor


¿Quién es el actor?

Juan María Ceferino Orgeira.

¿A quién se demanda?

Banco Patagonia S.A.
- Objeto de la demanda: restitución de comisiones cobradas en paquetes de productos (enero-abril 2018), condena por daño punitivo y resarcimiento por daño moral.

¿Qué se resolvió?

la Cámara rechazó los recursos interpuestos por las partes con las salvedades indicadas; admitió parcialmente el recurso relativo a la devolución de débitos por comisiones y ordenó que la restitución se limite únicamente al débito de $175 más IVA correspondiente a la comisión del 31.01.2018 que no fue devuelta; confirmó la sentencia apelada en todo lo demás que fue materia de agravio (incluido el monto de $600.000 por daño moral) y condenó en costas de Alzada a las demandadas. Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
- "La obligación de informar a usuarios y consumidores ya había sido plasmada en el artículo cuarto (4to) de la ley 24.240 ... y es una de las bases que sostienen el sistema de protección al consumidor, evaluado incluso como un principio general del derecho del consumo."
- "Por tanto, dado que el banco demandado no ha aportado elemento probatorio alguno que permita suponer que cumplió con su obligación de mantener informado al accionante -Orgeira
- respecto de los requisitos que necesitaba para que se le pudiera efectuar una correcta prestación del servicio bancario, propondré a mis colegas el rechazo del agravio."
- "Por tanto, corresponde revocar parcialmente la sentencia en este punto, ordenando la restitución allí dispuesta únicamente de la suma de $175, más IVA, correspondiente a la comisión del 31.01.2018, que no fue devuelta;"
- "En ese sentido, encuentro evidente que la cancelación de su caja de ahorro en dólares en primer lugar; y la comunicación de la finalización de una relación comercial de años, comunicada con posterioridad a la inhabilitación de su tarjeta de crédito, sin informarle motivo alguno de la decisión, hubo de causarle al accionante un estado de zozobra y angustia significativos que deben ser compensados por la entidad bancaria dada su responsabilidad por ese hecho dañoso."
- Voto y acuerdo mayoritario: el Dr. Alfredo A. Kölliker Frers expuso el análisis y propuso la decisión arriba transcripta, y los Dres. María Guadalupe Vásquez y Héctor Osvaldo Chómer adhirieron al voto. Disidencias relevantes:
- No hubo disidencia; los tres jueces suscribieron el Acuerdo y la Parte Resolutiva final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar