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GUEVARA PADILLA LUIS ALFREDO MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS solicitando el reajuste de su haber previsional por la falta de movilidad de componentes del beneficio. El Juzgado Federal Nº1 hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber y abonar los retroactivos según las pautas fijadas en la sentencia dentro de 120 días hábiles, y difirió para la ejecución el tratamiento de las inconstitucionalidades planteadas.

Anses Reajustes Pbu Pc Pap Haber previsional Calculo del haber inicial Isbic Retroactivos Inconstitucionalidad (diferida)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: GUEVARA PADILLA LUIS ALFREDO MARIA (parte actora). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste y redeterminación del haber previsional (componentes: Prestación Básica Universal -PBU-, Prestación Compensatoria -PC-, y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber inicial y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (artículos de las leyes 24.463 y 24.241 y normas reglamentarias). Decisión: Se hizo parcialmente lugar a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada, se ordenó a ANSeS que abone al actor el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas de la sentencia dentro de 120 días hábiles desde que quede firme, se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución, se dispuso que las sumas a favor del actor sean abonadas íntegramente sin quita, se impusieron las costas a ANSeS y se difirió para la ejecución la regulación de honorarios conforme ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "El actor reclama la re-determinación de la Prestación Básica Universal
- PBU-, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-, movilidad de su haber previsional y ciertas inconstitucionalidades de la normativa vigente." "La fecha de adquisición del derecho del actor es posterior al 1º.3.2009 y en relación al planteo de la falta de actualización del valor de la PBU en su nueva determinación como suma fija, la cuestión será diferida y definida en la etapa de ejecución de la sentencia, siguiendo los lineamientos delineados por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re “Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios”, sentencia del 11.11.2014..." "En consecuencia, ... la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente “Badaro”, -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder
- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio..." "Por lo expuesto, y citas legales invocadas; RESUELVO: 1) Hacer parcialmente lugar a la demanda interpuesta por la parte actora dejando sin efecto la resolución impugnada; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días hábiles, a partir de que la sentencia quede firme..."
- Disidencias: No existen votos en disidencia consignados; la resolución es unipersonal (firmada por la Dra. Karina Alonso Candis).

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