COMBA NELIDA ESTER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por falta de movilidad y la declaración de inconstitucionalidad de normas de la ley 24.241 y 24.463. El Juzgado hizo lugar parcialmente: declaró aplicada la prescripción, ordenó el recálculo y pago del haber y retroactivos conforme pautas fijadas, difiriendo aspectos para la ejecución.
¿Quién es el actor?
COMBA NELIDA ESTER.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste de la prestación previsional (PBU, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), inconstitucionalidad de normas de las leyes 24.241 y 24.463 y aplicación de índices de actualización. Reserva de caso federal.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda y a la defensa de prescripción (art. 82 ley 18.037); se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días; se difirió para la etapa de ejecución la determinación de la confiscatoriedad relativa al test de razonabilidad y la aplicación de ciertos artículos y precedentes; las sumas deben abonarse íntegramente sin quita y se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"En atención a que la demandada opuso la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037, corresponde analizar la procedencia del pedido desde dos años previos a la interposición del reclamo administrativo que concluyó con la resolución que se impugna. El límite siempre será la fecha de adquisición del beneficio."
"Respecto de la solicitud de actualización de la P.B.U., atento a lo resuelto por el Alto Tribunal en el fallo 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios, sentencia del 11 de noviembre de 2014, corresponde diferir el cálculo a los fines de verificar la confiscatoriedad para la etapa de ejecución (conf. C.S.J.N. in re 'Actis Caporale', Fallos 323:4216)."
"Ordénese la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: 'Badaro Adolfo Valentín'... en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma."
"Es una máxima básica de la seguridad social que el Estado garantice al beneficiario el mantener el nivel de vida alcanzado durante la etapa laboral y no llevar los haberes a una desproporción de naturaleza arbitraria y confiscatoria."
"En consecuencia, de acuerdo a las consideraciones expuestas y a lo peticionado por la parte actora, corresponde la aplicación de la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación... se deben aplicar tales precedentes en la determinación del haber inicial, considerando a tal efecto la totalidad de los aportes efectuados al sistema."
"El artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 ... al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, ... lo declaró inconstitucional en este acto."
"Las diferencias a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna. ... En lo que aquí interesa, no se advierte norma alguna que autorice dichas mermas. Por otra parte, autorizar una quita en la movilidad que se reconoce resultaría contradictoria..."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia en el texto; la decisión es del Juzgado de primera instancia.
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