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LEIVA, LUIS OSVALDO c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAMI) s/AMPARO LEY 16.986

Amparo por cobertura integral al 100% de cirugía de revisión de rodilla izquierda y gastos conexos contra PAMI. La Cámara confirmó los puntos I) y II) de la sentencia de primera instancia y, en su mayoría, modificó el punto III) reduciendo los honorarios del Dr. Juan Manuel Posse a $1.613.280 (20 UMA).

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¿Quién es el actor?

Luis Osvaldo Leiva, DNI 10.686.410.

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
- Objeto de la demanda: acción de amparo para obtener cobertura integral al 100% de los costos reales y efectivos de tratamientos médicos y cirugía de revisión de rodilla izquierda con colocación de prótesis (incluyendo banco de huesos), gastos pre y postoperatorios, traslados, viáticos y alojamiento con acompañante si fuere necesario.

¿Qué se resolvió?

se rechazó el recurso de apelación respecto de los puntos I) y II) de la sentencia de 12/03/2025 confirmándose la prestación ordenada y la imposición de costas; se hizo lugar parcialmente al recurso respecto del punto III) y se modificaron los honorarios regulados al Dr. Juan Manuel Posse, reduciéndolos a $1.613.280 (20 UMA). Las costas de la Alzada se imponen por su orden.
- Fundamentos principales (trascripción de los párrafos más relevantes del fallo): "La documentación médica incorporada, sobre todo la imagenología, permite ver los cambios que se produjeron a nivel de la articulación de rodilla izquierda a causa del fallido intento de colocación de prótesis y que debió ser retirada para colocar un sustituto óseo", como así también que "la necesidad de banco de huesos queda evidenciada ante las Rx presentadas y la historia clínica del médico tratante donde se observa la remodelación ósea...". "Que si bien, la demandada autorizó la coberturas de los tratamientos que requería el amparista, no borra la arbitrariedad de la conducta adoptada por la misma... fueron menester la presente acción de amparo... más el dictado de la medida cautelar... para que la prestación se vea cumplimentada a inicios del año 2024." "Con relación a los agravios que versan sobre la regulación de honorarios del Dr. Juan Manuel Posse, consideramos que luego de analizadas las constancias de autos a la luz de las pautas establecidas en el art. 16 de la Ley N° 27.423, juzgamos que los honorarios regulados en el punto III) de la sentencia apelada resultan altos, por lo que corresponde su reducción de manera justa y equitativa... corresponde modificar el punto III) del fallo y reducir honorarios del Dr. Juan Manuel Posse... a la suma de $1.613.280.
- a la fecha de la presente resolución equivalente a 20 UMA (Resol. N° 2996/2025 valor de 1 UMA a $80.664.-)."
- Disidencia parcial: El Dr. Fernando L. Poviña, en disidencia parcial, propuso reducir los honorarios del Dr. Posse a $967.968 (12 UMA) y fundamentó su interpretación del mínimo legal del art. 48 Ley 24.723, proponiendo esa suma como justa y equitativa; sin embargo, dicha propuesta quedó en minoría.

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