OLIVARES CARLOS HORACIO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES reclamando el recalculo y actualización de su haber previsional conforme a la ley 24.241 y otros precedentes. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó recalcular el haber inicial y actualizarlo con la movilidad aplicable, fijó plazos, intereses y costas a la vencida, y reguló honorarios.
¿Quién es el actor?
OLIVARES CARLOS HORACIO JOSE (parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.).
- Objeto de la demanda: Reajuste/recalculo del haber previsional asignado en el marco de la ley 24.241, impugnación de normas por inconstitucionalidad, y cobro de diferencias y sus accesorios.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a la ANSES, dentro de los ciento veinte días desde que exista sentencia firme, recalcular el haber inicial asignado conforme los lineamientos fijados en los considerandos; una vez recalculado (sin que pueda resultar suma inferior a la efectivamente percibida) deberá actualizarse con los aumentos emergentes de la movilidad determinada en la sentencia y abonarse dentro del plazo indicado; para el cómputo de las acreencias retroactivas la ANSES deberá contemplar los intereses fijados y la prescripción; además, se regularon costas a la vencida y honorarios (15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante, con las salvedades indicadas). (Se consignan en la parte resolutiva los demás puntos relativos a requerimientos presupuestarios y al tratamiento de inconstitucionalidades en los considerandos.)
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
"La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad – de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
"Sobre la materia, el precedente 'Blanco, Lucio Orlando C.ANSeS S.Reajustes Varios' (sent. Del 18/12/2018 de la CSJN) da cuenta la metodología que actualización impone aplicar los parámetros del precedente Elliff hasta el 3/09 y de allí en adelante los aumentos consecutivos fijados por la ley 26.417 valorando que se ha sancionado la Ley N° 27.426 y el Decreto reglamentario N° 807/16 que incorpora su operatoria a este fin."
"En lo que respecta a la movilidad del haber redeterminado resultará de aplicación lo dispuesto en las leyes 26.417, 27.426 y 27.609."
"Las diferencias adeudadas al actor, se abonarán sin quita alguna..." y "Los intereses sobre las diferencias que surjan se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina..."
Sobre inconstitucionalidades: "Por las razones expuestas, no corresponde hacer lugar a la declaración de inconstitucionalidad solicitada." (en cuanto al tope de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241), y respecto de la Resolución S.S.S. 6/09: "la declaro inconstitucional en este acto."
Parte resolutiva (texto principal que determina la solución): "Hago lugar parcialmente a la demanda ... ordeno a la A.N.Se.S. ... proceda al recalculo del haber inicial asignado... Una vez recalculado ... deberá actualizárselo con los aumentos emergentes de la aplicación de la movilidad aquí determinada... Los haberes actualizados ... deberán abonarse dentro del plazo indicado ... Para el cómputo de las acreencias retroactivas ... deberá el organismo demandado contemplar los intereses aquí fijados y de acuerdo a lo resuelto en materia de prescripción. ... Costas a la vencida (conf. art. 36 de la ley 27.423). Regúlanse de honorarios ... en el 15% del importe del crédito ..."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el expediente; la resolución final es la transcrita en la parte resolutiva.
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