Incidente Nº 1 - ACTOR: GUENIN, JORGE ESEQUIEL DEMANDADO: CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA Y OTRO s/INC APELACION
El actor apeló el diferimiento de la regulación de honorarios en una acción de amparo contra la Caja de Retiros de la Policía Federal. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar al recurso y rectificó la resolución para regular los honorarios del apoderado en 10 UMA (equivalentes a $806.640), en el doble carácter, sin costas.
¿Quién es el actor?
GUENIN, JORGE ESEQUIEL.
¿A quién se demanda?
CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA y otro.
- Objeto de la demanda: acción declarativa de inconstitucionalidad / amparo Ley 16.986; en estas actuaciones se discutía, entre otros extremos, la regulación de honorarios por la actuación en primera instancia.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación deducido por el representante de la parte actora y se rectificó la resolución de primera instancia para "Regular los honorarios del Dr. Francisco Jose Miranda Groppa, por su actuación en primera instancia en 10 UMA, suma equivalente a $ 806.640 (Res. 2996/2025), en el doble carácter", disponiéndose además reglas sobre la forma de pago y la adición del IVA si correspondiera. Sin costas.
- Fundamentos principales (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia):
"En virtud de lo expuesto, y como se dijo, teniendo en cuenta la trascendencia económica y moral que para el interesado reviste la cuestión en debate, la labor profesional desarrollada, apreciada la misma en su novedad, calidad, eficacia y extensión, de conformidad con el art. 16 y 48 de la ley N°27.423 y del art. 1255 del CCCN, estimamos equitativo y ajustado a la labor desarrollada determinar los honorarios profesionales de la representación letrada de la actora en 10 UMA, en el doble carácter."
"La regulación no depende exclusivamente de las sumas involucradas en el litigio o de las escalas referidas, sino que debe cuantificarse a partir de un criterio que refleje una adecuada relación entre la labor efectivamente desarrollada y la retribución que por ella se otorga (CSJN, Fallos: 239:123; 251:516; 256:232 entre otros)..."
"En cuanto a las costas y honorarios de la presente instancia, debe ponderarse que la presente apelación de honorarios no genera dichos accesorios... En esta línea se ha expedido la Cámara Federal de apelaciones de Paraná, en autos: 'HUARANCA, JOSUE LUIS CONTRA ESTADO NACIONAL SOBRE EJECUCIÓN DE SENTENCIA', Expte. N° FPA 20358/2018/CA1, sentencia del 09/09/2020, criterio que compartimos."
- Votos: El Dr. Manuel Alberto Pizarro expuso el voto que contiene los fundamentos y la propuesta; los Dres. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios y Juan Ignacio Pérez Curci adhieren al voto que antecede. No se registran disidencias.
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