RODRIGUEZ, GABRIELA SILVINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSeS por reajustes de haberes (PBU, PC y PAP) y cuestionamientos de constitucionalidad de normas y reglamentaciones. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSeS: revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y declaró su plena constitucionalidad, confirmó el resto de la sentencia en lo que no se opone a esa decisión, y declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 con costas para la quejosa.
¿Quién es el actor?
RODRIGUEZ, GABRIELA SILVINA.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes de haberes (PBU, PC, PAP), impugnaciones de aplicación de índices de movilidad (ISBIC, leyes 26.417 y 27.426), declaración de inconstitucionalidad de normas reglamentarias (Resolución SSS 6/2009) y de normas/decretos (art. 2 Ley 27.426, art. 3 DNU 157/2018), y cuestiones de afectación del impuesto a las ganancias sobre retroactivos e intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSeS y, por tanto, revocó la sentencia de primera instancia exclusivamente en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, declarando en su lugar la plena constitucionalidad de dicha norma conforme la doctrina de la CSJN; confirmó en lo demás la sentencia apelada en cuanto no se oponga a lo decidido; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 con costas para la quejosa; y no reguló los honorarios de la representación letrada de la actora por no haber intervenido en esta instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En efecto, los autores de la ley 26.417 eligieron dos épocas del año para reajustar los haberes y decidieron utilizar la frase 'para los haberes que se devenguen en los meses de marzo y septiembre'. De ahí que el reajuste previsto para marzo de 2018 era un efecto pendiente del anterior régimen que podía ser modificado antes de esa fecha, sin que puedan invocarse a su respecto derechos adquiridos". (referencia a fallo de la CSJN que motivó la constitucionalidad de la ley 27.426)
2) "Los tribunales inferiores deben conformar sus decisiones a las sentencias de la Corte cuando estas fijan la interpretación de una norma federal, pero pueden apartarse de la doctrina fijada cuando acercan nuevas y fundadas razones, no consideradas por el Tribunal, para demostrar claramente el error grave del precedente y la inconveniencia de mantener su aplicación y en ese supuesto, existe una rigurosa carga argumentativa para justificar la inobservancia del deber de seguimiento de los fallos de la Corte Suprema..." (cita doctrinal invocada para justificar seguimiento de la CSJN)
3) Sobre la Resolución SSS 6/2009: "La Resolución de la SSS 6/2009 resulta inconstitucional por vulnerar la debida proporción entre el haber de pasividad y el haber de actividad, limitando por una reglamentación más allá de la misma ley, ... La norma es confiscatoria, porque de acuerdo a la liquidación que presenta la actora, viola el derecho de propiedad (art. 17 CN) y el principio de integralidad de las prestaciones de la seguridad social (art. 14 bis CN)."
4) Sobre costas y DNU: se aplica el criterio del precedente 'Morales' de la CSJN y por ello "corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 ... e imponer las costas de la presente instancia a la vencida. (art. 36 de la ley Nº 27.423)."
- Votos: El voto que funda la decisión fue el del Dr. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios; los Dres. Manuel Alberto Pizarro y Juan Ignacio Pérez Curci adhirieron, conformando la mayoría. No consta disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: