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PALLERO, MARIA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó la actora reajustes de haberes previsionales contra ANSES por PBU, PC y PAP. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcial a la apelación de ANSES: revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 (declarando su constitucionalidad conforme a doctrina de la CSJN), confirmó lo demás de la sentencia, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y fijó costas y honorarios.

Reajustes Pbu Ley 27.426 Constitucionalidad Dnu 157/2018 Costas Honorarios Anses Movilidad previsional Corte suprema


¿Quién es el actor?

Pallero, María Susana.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes de haberes jubilatorios (Prestación Básica Universal
- PBU-, Prestación Complementaria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-) y declaración de inconstitucionalidad de normas (art. 2 Ley 27.426; art. 1 Ley 27.609; art. 3 DNU 157/2018; aplicación de índices de movilidad).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza, Sala A, hizo lugar parcial al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, revocó la sentencia de primera instancia únicamente en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, declarando en su lugar la plena constitucionalidad de dicha norma conforme a la doctrina de la Corte Suprema. Confirmó en lo demás la sentencia apelada en cuanto no se oponga a lo decidido. Declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, impuso las costas a la quejosa y reguló honorarios en un 30% de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio planteado por ANSeS, revocar en este punto la sentencia de primera instancia y declarar la constitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426." "Que la CSJN con fecha 4 de diciembre del año 2025 ... Resolvió revocar la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del articulo puesto en crisis, por considerar ... 'la ley 27.426 –vigente desde el 29 de diciembre de 2017– no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido –recién se devengaría en marzo de 2018– ni se contaba con los elementos necesarios para ello, dado que no se había completado el semestre al que hacía referencia la ley 26.417 para el cálculo de las variaciones necesarias para obtener el coeficiente de reajuste a aplicar.'" "Tiene dicho la Corte Suprema de Justicia que 'Los tribunales inferiores deben conformar sus decisiones a las sentencias de la Corte cuando estas fijan la interpretación de una norma federal, pero pueden apartarse de la doctrina fijada cuando acercan nuevas y fundadas razones...' (voto del juez Rosenkrantz)." "Por lo antedicho, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por los argumentos dados por la CSJN, en el precedente 'Morales' e imponer las costas de la presente instancia a la vencida. (art. 36 de la ley Nº 27.423)."
- Votos: El voto que resuelve fue el del Dr. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios; los Dres. Manuel Alberto Pizarro y Juan Ignacio Pérez Curci adhirieron. No hubo disidencia.

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