Incidente Nº 1 - ACTOR: TAPIA, VERONICA DEL VALLE DEMANDADO: ARCA Y OTRO s/INC DE MEDIDA CAUTELAR
Incidente por medida cautelar solicitado por una jubilada para suspender la retención del impuesto a las ganancias sobre su haber. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de la demandada y confirmó la medida cautelar, por considerar verosímil el derecho, el peligro en la demora y la especial protección debida a personas mayores.
¿Quién es el actor?
TAPIA, VERONICA DEL VALLE.
¿A quién se demanda?
ARCA y otro (en el marco original ANSES figura como agente de retención y se discute la competencia y aplicación del impuesto).
- Objeto de la demanda: incidente de medida cautelar innovativa para suspender la retención del impuesto a las ganancias sobre el haber jubilatorio y obtener la devolución de lo retenido.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y se confirmó la medida cautelar ordenada. Se impusieron costas a la demandada vencida (art. 68 CPCCN) y se regularon honorarios en un 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Así, nos encontramos frente a una medida cautelar de tipo innovativa, cuyo análisis en muchos casos requiere de mayor rigurosidad porque implica adelantar en algo el objeto de la causa principal. Tiende a modificar el estado de hecho o de derecho existente antes de la petición de su dictado, a través de la orden de que cese una actividad contraria a derecho o de que se retrotraigan las resultas consumadas de un proceder antijurídico. En el particular caso de autos, lo que se pretende es el cese en el descuento del impuesto a las ganancias sobre el haber de jubilación, por parte del agente de retención y el ente recaudador, asimismo la devolución de los montos que por este impuesto se le descontaron al jubilado."
"Que, en cuanto al peligro en la demora, este Tribunal pondera que, tal presupuesto se desprende de la naturaleza misma del beneficio, es decir su carácter asistencial. En primer lugar, la accionante por ser jubilada y considerando que la jubilación es su único ingreso, cualquier descuento altera su economía desmejorando su calidad de vida, sin posibilidad de poder suplir por otro lado esa merma, que influye en la violación a la integridad del haber al que tiene derecho después de una vida de aportes. Tampoco se pude desconocer que los montos que retiene Anses por impuesto a las ganancias significan una merma de superior al 19% del haber, porcentaje que la misma Corte ha declarado confiscatorio."
"Que, en mérito a lo expuesto, SE RESUELVE: 1.
- RECHAZAR el recurso de apelación de la parte DEMANDADA y confirmar la medida cautelar ordenada. 2.
- Costas a la demandada vencida (Art. 68 del CPCCN). 3.
- REGULAR los honorarios profesionales en un 30% de lo que se fije oportunamente en primera instancia."
- Votos/diferencias: El bloque dispositivo final expresa la decisión mayoritaria; no constan disidencias plasmadas en la parte resolutiva.
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