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SCHACHBASIAN JUAN CARLOS c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

El actor demandó al Poder Ejecutivo Nacional impugnando la constitucionalidad del decreto 1668/2012 y otras normas por la denegación de la asignación familiar por nacimiento. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la pretensión, por ausencia de agravio suficiente y de prueba sobre la situación fáctica alegada, y fijó costas en el orden causado.

Asignacion familiar Inconstitucionalidad Decreto 1668/2012 Anses Agravio insuficiente Prueba Art. 265 cpccn Costas Camara federal de la seguridad social Rechazo de la demanda


¿Quién es el actor?

SCHACHBASIAN JUAN CARLOS.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (y organismos previsionales: A.N.Se.S., A.F.I.P. en relación con actos administrativos citados).
- Objeto de la demanda: se solicitó declarar la inconstitucionalidad del decreto 1668/2012, sus modificatorios, resolución de AFIP 7/5/15 y acto de ANSeS de fecha 25/8/15, y se reclamó la percepción de la asignación familiar por nacimiento.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado en lo que fue materia de agravios y dispuso costas en el orden causado. Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
- "La doctrina ya ha señalado que la crítica concreta y razonada prevista por el art.265 del C.P.C.C.N. no se configura con una mera discrepancia ya que debe implicar el estudio de los razonamientos del juzgador, demostrando a la Cámara las equivocaciones, deducciones, inducciones y conjeturas sobre las distintas cuestiones resueltas ya que la expresión de agravios debe contener un análisis crítico y razonado de la sentencia que la motiva, señalando y demostrando punto por punto, los errores en que se ha incurrido o las causas por las cuales el pronunciamiento se considera injusto o contrario a derecho (conf. Fenochietto y Arazi 'Código Procesal Civil y Comercial de la Nación' Tomo I pág.837, edit. Astrea año 1987)."
- "Esta Sala ha sostenido que 'Expresar agravios significa ejercitar un control de juridicidad, mediante la crítica concreta y razonada de los eventuales errores del juzgador, para lograr de ese modo la modificación total o parcial de la sentencia o resolución atacada. Esa exigencia no aparece en modo alguna cumplida, cuando no se rebate cada una de las distintas etapas que utilizó el juez de grado en el transcurso de su razonamiento…' ('Fontana Hugo c/ ANSeS' sentencia del 27 de junio de 2002)."
- Sobre la prueba de la condición del actor: el voto señala que "el actor no ha acreditado en autos la situación en la que denunció que se encontraba al momento del nacimiento. En este sentido, destacó que no no dio cuenta ni de la relación laboral a la que hizo referencia, ni la inscripción al monotributo que manifestó, como así tampoco las remuneraciones percibidas." Y agrega que, aun por la documental referida, la eventual suma de $13.370 más ingresos presuntos por monotributo excedería el tope de $14.000 vigente en ese momento.
- Votos: el Dr. Juan A. Fantini Albarranque funda la propuesta; la Dra. Nora C. Dorado y el Dr. Walter F. Carnota adhieren al voto que encabeza la sentencia. No se registran disidencias.

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