RODRIGUEZ NILDA TERESA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por la falta de movilidad y actualización de componentes del haber. El Juzgado federal hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó el recalculo y pago del haber y retroactivos conforme pautas fijadas y diferir para ejecución las cuestiones de inconstitucionalidad y topes, imponiendo costas a ANSES.
¿Quién es el actor?
Rodriguez Nilda Teresa.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (re-determinación de Prestación Básica Universal
- PBU-, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (leyes 24.463, 24.241, 27.426, 27.541, entre otras).
¿Qué se resolvió?
Se hizo parcialmente lugar a la demanda, dejando sin efecto la resolución impugnada; se ordenó a ANSES abonar el haber recalculado y los retroactivos conforme a las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirieron para la etapa de ejecución las impugnaciones por inconstitucionalidad y la regulación de honorarios; se impusieron costas a la demandada; y se dispuso que las sumas a favor de la actora se abonen íntegramente sin quita, con las limitaciones porcentuales previstas por las leyes de fondo y la jurisprudencia citada. (La decisión coincide íntegramente con el bloque dispositivo transcripto arriba.)
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre la PBU y su actualización: "En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente 'Badaro' -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder
- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio..." El juzgador dispone además que "la cuestión será diferida y definida en la etapa de ejecución de la sentencia, siguiendo los lineamientos delineados por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re 'Quiroga...'", y que deberá practicarse el cálculo de incidencia porcentual detallado: "(PBU reajustada – PBU sin reajustar) = 'A'... (A x 100 / B), arrojará la incidencia porcentual... la cual deberá ser mayor a 15."
2) Sobre índices de actualización de remuneraciones (PC y PAP): "corresponde aplicar los índices previstos en la ley 27.426, sus modificatorias y sucesivas reglamentaciones, (artículos 3 y 11 de la ley 27.426), conforme Decreto reglamentario 110/2018..." y, en consecuencia, rechazo del planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.426: "decido el rechazo del planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.426."
3) Sobre inconstitucionalidades y diferimiento: "Diferir el tratamiento de las inconstitucionalidades mencionadas en los considerandos respectivos para el momento de la ejecución de la sentencia." El tribunal explica la obligación de diferir el análisis de topes e inconstitucionalidades que requieran liquidación concreta: "El test de razonabilidad de los topes diferidos para la etapa de ejecución de sentencia, lo será en los términos del fallo... 'Actis Caporale'... en tanto su aplicación provoque una merma superior al 15% respecto de los haberes calculados conforme lo aquí ordenado."
4) Sobre intereses y costas: "En relación con los intereses, se liquidarán desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio
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