OLIVERA ANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó la redeterminación y pago de retroactivos de su haber previsional por aplicación de la ley 24.241 y actualización de la PBU, entre otros planteos. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó recalcular y pagar las diferencias desde el 30/9/2022, admitió la prescripción en los términos del art. 82 L.18.037 y diferió varios planteos de inconstitucionalidad para ejecución.
¿Quién es el actor?
OLIVERA ANA MARIA.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Redeterminación del haber inicial jubilatorio, pago de retroactivos, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), y declaraciones de inconstitucionalidad respecto de diversos artículos y normas (topes, art.2 ley 27.426, ley 27.541 y decretos, ley 27.609 y Dto. 274/24, art.25 ley 24.241, entre otros).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se ordenó reajustar los haberes de la actora según la metodología y los índices detallados en los considerandos, se admitió la excepción de prescripción respecto de créditos anteriores a los dos años previos al reclamo administrativo (art. 82 L.18.037), se diferieron para la etapa de ejecución la actualización de la PBU y varias cuestiones de inconstitucionalidad, se desestimaron o rechazaron otros planteos de inconstitucionalidad (art.24 L.24.241, ley 27.541 y Decretos 163/2020; 495/2020; 692/2020; 899/2020; art.2 ley 27.426), y se ordenó el pago de las diferencias resultantes desde el 30/9/2022 con sus intereses; las sumas deberán abonarse sin merma alguna y respetando los topes de Villanustre que ANSeS deberá acreditar.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En cuanto a la actualización del componente PBU, sin perjuicio de dejar a salvo el criterio que venía sosteniendo ... deberá actualizarse el valor del AMPO/MOPRE según el índice del precedente de la CSJN 'Badaro'. ... Ahora bien, si bien me he expedido respecto al método para verificar si es o no confiscatoria la actualización de la PBU ... un nuevo análisis de la cuestión me lleva a modificar dicho método, diferido para la etapa de ejecución de la sentencia firme. ... En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada, al acreditarse la confiscatoriedad requerida (conf. 'Actis Caporale, Loredano Luis Adolfo...'), declarándose a esos efectos, la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 24.241, modificado por ley 26.417."
2) "Es a la luz de los datos recabados que considero que los aumentos otorgados por Decreto no han dado cabal cumplimiento a la garantía constitucional que enuncia el art. 14 bis de la ley fundamental, en tanto según lo interpreto, no respetan el principio de progresividad ... Constitucionales sí, pero con aumentos inferiores a los que les hubiera correspondido percibir. ... Corresponde abonar a la parte actora la diferencia entre la movilidad suspendida y la otorgada por los decretos referidos, por resultar inferior económicamente al incremento que le hubiere correspondido percibir de no haber existido la suspensión legal."
3) "Respecto de la excepción de prescripción, corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo de reajuste de haberes (conf. art.82 de la ley 18.037), salvo que no hubiera transcurrido los dos años de plazo entre la resolución otorgante de la prestación y su primer reclamo de reajuste de haberes ... donde corresponde su rechazo."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en la parte resolut
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