Logo

UMPIERREZ EDGARDO ASDRUBAL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS pidiendo la redeterminación de su haber jubilatorio y pago de retroactivos, con cuestionamientos sobre PBU, topes y diversas normas. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó recalcular y pagar diferencias desde el 21/6/2023 y diferir o desestimar varios planteos de inconstitucionalidad y actualización según los considerandos.

Reajuste Pbu Movilidad previsional Ley 24.241 Ley 27.541 Decretos 163/2020 495/2020 692/2020 899/2020 Prescripcion


¿Quién es el actor?

Umpiérrez Edgardo Asdrubal.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Redeterminación del haber jubilatorio inicial, pago de retroactivos, actualización de la PBU, declaración de inconstitucionalidad de topes y de diversas normas (arts. de leyes y decretos señalados), e incorporación de bonos al haber.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó reajustar los haberes del actor en la forma dispuesta en los considerandos; se hizo lugar a la excepción de prescripción en los términos del art. 82 ley 18.037; se difirieron para ejecución determinados planteos (actualización de la PBU conforme metodología del considerando II; inconstitucionalidad de topes; ley 27.609 y Dto.274/24); se desestimaron o declararon abstractos otros planteos de inconstitucionalidad (entre ellos ley 27.541 y decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020); y se ordenó pagar las diferencias a favor del actor desde el 21/6/2023 con sus intereses y sin merma alguna. Los haberes reajustados quedan sujetos a las limitaciones de la causa "Villanustre", que ANSeS deberá acreditar.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes tal como los expone el tribunal): "En cuanto a la actualización del componente PBU, sin perjuicio de dejar a salvo el criterio que venía sosteniendo ... por razones de economía procesal deberá actualizarse el valor del AMPO/MOPRE según el índice del precedente de la CSJN 'Badaro'. Se determinará su aplicación por el período del 1/1/2002 al 31/12/2006, luego las movilidades dispuestas por la ley 26.198..." (Considerando II). "Al analizar el contexto en que fueron dictados los decretos durante el año 2020... Es a la luz de los datos recabados que considero que los aumentos otorgados por decreto no han dado cabal cumplimiento a la garantía constitucional que enuncia el art. 14 bis... Constitucionales sí, pero con aumentos inferiores a los que les hubiera correspondido percibir." (Considerando VIII). "En atención a los argumentos precedentes, corresponde establecer la constitucionalidad tanto de la ley 27.541 cuanto de los decretos 163, 495, 692 y 899, todos del 2020. Asimismo, que al 1.1.21 se restableció la vigencia de la 27.426 y que por tal motivo corresponde abonar a la parte actora la diferencia entre la movilidad suspendida y la otorgada por los decretos referidos..." (Considerando VIII). "Respecto de las costas, ... corresponde imponer las mismas a la parte demandada." (parte dispositiva).
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva; la resolución fue firmada por la Jueza Federal Subrogante Alicia I. Braghini.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar