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MENOSSI DANIEL HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS solicitando la redeterminación del haber jubilatorio y el pago de retroactivos por reajustes diversos derivados de la ley 24.241. El Juzgado Federal de la Seguridad Social nº 3 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó recalcular y pagar las diferencias desde el 21/9/2022 y difirió varios planteos de inconstitucionalidad y la actualización definitiva de la PBU para la ejecución.

Reajuste de haberes Pbu Ley 24.241 Prescripcion art. 82 l.18.037 Retroactivos desde 21/9/2022 Inconstitucionalidad diferida Servicios autonomos Villanustre Intereses Anses


¿Quién es el actor?

MENOSSI, Daniel Horacio.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Redeterminación del haber inicial jubilatorio, pago de retroactivos y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU); planteos de inconstitucionalidad de topes y normas (art. 25 ley 24.241, ley 27.609, Dto. 274/24, entre otras) y la incorporación de bonos/refuerzos al haber.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó reajustar los haberes de la parte actora en la forma dispuesta en los considerandos; se rechazó la excepción de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037; se diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de la actualización de la PBU (según índice y metodología del considerando II), de la inconstitucionalidad de topes y de la ley 27.609/Dto.274/24; se desestimó el planteo respecto del art. 24 ley 24.241; se declaró abstracto el planteo sobre el art. 25; se ordenó el pago de las diferencias desde la fecha de pasividad (21/9/2022) más intereses; y se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos del fallo): 1) "Cabe advertir que ... de las constancias de autos surge que la actora obtuvo su beneficio jubilatorio de conformidad con las disposiciones de la ley 24241 ... con fecha de adquisición del derecho 21/9/2022." 2) "En cuanto a la actualización del componente PBU, ... deberá actualizarse el valor del AMPO/MOPRE según el índice del precedente de la CSJN 'Badaro'. Se determinará su aplicación por el período del 1/1/2002 al 31/12/2006, luego las movilidades dispuestas por la ley 26.198 y los decretos 1346/07 y 279/08; se deberán observar luego, los aumentos previstos para la PBU en la ley 26.417 y posteriores ajustes efectuados en la misma..." (considerando II). 3) "De tal modo, corresponde respetar los lineamientos del Superior ... para lo cual el organismo deberá indicar: a) en una primera columna la categoría aportada en cada período; b) el monto del haber mínimo correspondiente al período aportado; c) cantidad de haberes mínimos correspondientes a la categoría aportada en cada período histórico; d) la suma de los valores consignados en c). Ese total deberá ser dividido por la cantidad de meses aportados..." (sobre cálculo de servicios autónomos y dependientes). 4) "Las diferencias generadas deberán abonársele al actor sin merma alguna. ... En definitiva, a mi juicio toda quita traería como consecuencia que el actor quedará privado de una porción de sus haberes sin causa legal, configurándose una nueva confiscación." (considerando VII).
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en el texto analizado; la resolución final expresa la decisión del Tribunal de primera instancia.

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