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Incidente Nº 41 - IMPUTADO: ALEGRE, EDGARDO DAVID s/INCIDENTE DE EXCARCELACION

La defensa apeló la negativa a conceder la excarcelación de E. D. A.; la Cámara revocó la decisión de primera instancia y ordenó la inmediata libertad del imputado, con caución juratoria y las restricciones que la a quo estime adecuadas, previa constatación fehaciente de su domicilio.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La Defensora Pública Dra. Canela Di Pino, en representación de E. D. A. Demandado: La resolución de la magistrada de primera instancia que negó la excarcelación. Objeto: Pedido de excarcelación / libertad provisional de E. D. A. Decisión: La Cámara revocó la decisión apelada, concedió la excarcelación a E. D. A. y ordenó su inmediata libertad, previa constatación fehaciente de su domicilio, bajo caución juratoria y con las restricciones que la jueza de grado estime adecuadas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "La escala penal prevista para los delitos cuya comisión se le atribuye no puede desatenderse, constituyendo una pauta que, junto con otras, debe ponderarse a los fines de presagiar un peligro para el devenir de la causa. Sin embargo, a la par de ese dato objetivo, no se advierten otros factores de similar tenor que otorguen sustento a la sospecha de que el nombrado pudiera entorpecer la investigación o eludir la acción de la justicia en caso de recuperar su libertad." "Al respecto, cabe recordar que A. se encuentra debidamente identificado, que posee trabajo como chofer de micros de larga distancia en la empresa Transtur S.R.L., y que fue en ese contexto laboral -y no en ocasión de procurar huir del país
- que se produjo la detención que hoy viene aquí en examen. Además, corresponde destacar que carece de antecedentes criminales y de otras causas penales en trámite." "En lo que respecta al eventual entorpecimiento de la investigación, corresponde recordar que las actuaciones se iniciaron el 20 de octubre de 2024 y que, si bien algunos imputados aún no fueron habidos, las medidas probatorias oportunamente ordenadas ya fueron cumplidas, lo que incluso motivó la elevación parcial del expediente a su instancia de juicio oral el 29 de abril de 2025. Por este motivo, consideramos que no existe riesgo alguno de que la libertad de A. pueda obstaculizar la tramitación de la causa."
- Disidencia relevante: El juez Mariano Llorens votó en disidencia por rechazar la excarcelación. Sus fundamentos principales (resumidos y citados): sostuvo que "la calificación legal provisoria... establece una pena mínima que impediría una eventual condena de ejecución condicional, lo que implicaría necesariamente una pena de cumplimiento efectivo, lo que me permite presumir su eventual fuga", y destacó la "falta de claridad respecto de su domicilio" y la facilidad, por su actividad y vínculos, para sortear controles.

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