Logo

Incidente Nº 5 - IMPUTADO: ALCARAZ VALLEJO, ANGEL FERNANDO s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)

Imputado por transporte y tenencia con fines de comercialización de estupefacientes celebró un acuerdo pleno de colaboración con el Ministerio Público. El Juzgado homologó el acuerdo, formalizó la acusación y condenó a Ángel Fernando Alcaraz a dos años de prisión en suspenso, multa de 23 unidades fijas y obligaciones de conducta.

Acuerdo pleno Homologacion Ley 23.737 Marihuana Art. 41 ter cp Pena en suspenso Multa 23 unidades fijas Decomiso Destruccion de estupefaciente Colaboracion eficaz

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Representante de la Unidad Fiscal Federal). Demandado: Ángel Fernando Alcaraz (imputado). Objeto: Imputación por delito previsto en el art. 5 inc. “c” de la ley 23.737 (transporte de estupefacientes y tenencia con fines de comercialización) por hallazgo de marihuana y elementos vinculados; formalización de la acusación y homologación de acuerdo plenario de colaboración. Decisión: Se formalizó la acusación, se homologó el acuerdo pleno, se condenó a Ángel Fernando Alcaraz a DOS AÑOS de prisión en suspenso y multa de 23 unidades fijas, con las obligaciones previstas en el art. 27 bis incs. 1, 2 y 3 del Código Penal; se mantuvo la libertad del imputado; se ordenó el decomiso de un teléfono celular y la destrucción del tóxico incautado; y se instruyó la formación del legajo de ejecución y las comunicaciones de estilo.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que, en base a todo lo anterior, la Sra. Fiscal Federal presentó acta de acuerdo pleno celebrado con el imputado detenido donde se consigna que, en mérito a la naturaleza de las acciones imputadas y peligro causado por el mismo para el bien jurídico protegido –salud pública
- y de las condiciones personales del causante, en especial, medios y modos de vida, grado de instrucción, no poseer antecedentes penales, conforme informe del Registro Nacional de Reincidencia de fecha 15/01/2026, y que teniendo en consideración que, luego de la formalización de la investigación por el delito endilgado, el imputado celebró un acuerdo de colaboración con el Ministerio Público, el que fue homologado por este Tribunal, en dicha oportunidad aportó información de carácter valioso, que permitió iniciar otra investigación que se encuentra en curso." "Razón por la cual, esa Unidad Fiscal solicitó en audiencia se le aplique a Ángel Fernando Alcaraz Vallejo la pena de DOS AÑOS de PRISIÓN EN SUSPENSO y multa 23 unidades fijas (art. 5 inc. “c” de la ley 23.737 y 41 ter del Código Penal, de acuerdo con las pautas del art. 207 del CPPF) y 27 bis inc. 1 (Fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato), inc. 2 (Abstenerse de concurrir a determinados lugares o de relacionarse con determinadas personas) e inc. 3 (Abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas) del Código Penal." "Que, como se destacó en la audiencia, teniendo en consideración la conformidad expresada por el causante en forma libre y voluntaria respecto a los términos del acuerdo referido por la Representante de la Unidad Fiscal Federal, conforme lo establece el art. 324 del C.P.P.F., y de acuerdo a lo establecido en el art. 325 del mismo cuerpo legal, han sido valorados por el Tribunal los extremos expuestos y aportados por el Ministerio Público Fiscal interviniente, entre los cuales se advierte la concurrencia de los elementos de convicción, los cuales son suficientes respecto a la tipicidad del acto..."
- Votos en disidencia: No registra disidencias; la parte resolutiva final homologa el acuerdo y condena según lo expuesto.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar