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GROSSEN WALTER GUILLERMO Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA- ESTADO MAYOR GRAL DEL EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Demandantes solicitaron reconocimiento como Veteranos de Guerra y pensión honorífica por servicio en el conflicto del Atlántico Sur. El Juzgado Federal de la Seguridad Social rechazó la demanda por no acreditarse la participación en acciones bélicas ni la actuación en el Teatro de Operaciones exigidos por la normativa y la jurisprudencia aplicable.

Veteranos de guerra Pension honorifica Atlantico sur Teatro de operaciones del atlantico sur Participacion en acciones belicas Ley 23.109 Ley 23.848 Decreto 509/88 Costas Honorarios


¿Quién es el actor?

Grossen Walter Guillermo; Vega Ernesto Albino; Wiede Miguel Angel (coactores).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa de la Nación
- Estado Mayor General del Ejército.
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de la condición de Veteranos de Guerra del Conflicto Bélico del Atlántico Sur y otorgamiento de la Pensión de Guerra con sus retroactivos; declaración de inconstitucionalidad del Decreto 509/88.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda entablada por Grossen Walter Guillermo, Vega Ernesto Albino y Wiede Miguel Angel contra el Estado Nacional Ministerio de Defensa de la Nación
- Estado Mayor General del Ejército; se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios de la representación letrada de la parte actora en $800.000.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "En efecto, no se ha acreditado en la causa con la prueba ofrecida y producida, que los titulares hubieran cumplido tareas en el marco territorial conocido como teatro de Operaciones Malvinas –TOM-, y posteriormente Teatro de Operaciones del Atlántico Sur
- TOAS ni tampoco han demostrado el despliegue de acciones bélicas con los alcances exigidos para acceder al beneficio reclamado; por ende, no aparece tampoco justificada la declaración de inconstitucionalidad propiciada en el escrito de inicio. En virtud de lo anterior, no cabe sino desestimar la demanda incoada." "De las constancias de la causa surge incorporado con fecha 05/11/2019 el oficio confeccionado por la Dirección de Personal Militar del Ejército Argentino, por el que se informa que el coactor Walter Guillermo Grossen cumplió funciones como Soldado Conscripto en la Compañía de Ingenieros Mecanizado 11; que el coactor Ernesto Albino formó parte de la Compañía de Operaciones Eléctricas 602 y el coactor Miguel Angel Wiede se encontraba destinado al Comando de la Brigada de Infantería XI. Asimismo, se informa que no se registran antecedentes de que los actores hayan sido movilizados durante el conflicto con el RUGB por las Islas Malvinas." "Por lo demás, se advierte que las demandas entabladas por los testigos Dedovich y Sayago a los fines de que se les reconociera el carácter de veteranos de Malvinas fueron desestimadas ... Pese a que los titulares invocan en apoyo de sus pretensiones la doctrina del citado fallo 'Gerez', no puede soslayarse que en ese precedente se evaluaron las tareas desplegadas en el continente, analizando si razonablemente podían distinguirse de las desarrolladas por quienes combatieron de manera efectiva, en los términos de la ley aplicable. En ese orden, corresponde destacar la prueba que se hizo valer en tal supuesto... Entiendo que dichos extremos no se comprueban en autos."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la decisión fue dictada por la Jueza Federal Subrogante y el bloque dispositvo final dispone el rechazo.

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