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KNOPOFF MONICA SILVIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS solicitando el reajuste de su haber previsional por falta de movilidad y actualización de componentes del haber. El Juzgado hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber y pagar los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles, y difirió para ejecución las cuestiones de inconstitucionalidad.

Knopoff Anses Reajustes varios Pbu Pc Pap Recalculo de haber Retroactivos Inconstitucionalidad (diferida) Seguridad social.


¿Quién es el actor?

KNOPOFF MÓNICA SILVIA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (re-determinación de PBU, PC y PAP), movilidad del haber y planteos de inconstitucionalidad de normas aplicables (leyes 24.241, 24.463 y normas posteriores).

¿Qué se resolvió?

Se hace parcialmente lugar a la demanda; se deja sin efecto la resolución impugnada; ANSeS debe abonar el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas del fallo dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; las inconstitucionalidades planteadas se difieren para el momento de ejecución; las sumas favorables y el haber resultante deberán abonarse íntegramente sin quita, respetando topes legales y límites jurisprudenciales; se imponen costas a ANSeS; la regulación de honorarios de la parte actora se difiere para la etapa de ejecución conforme ley 27.423.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del decisorio): 1) "En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente “Badaro”, -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder
- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio (Conf. Sala I CFSS 65507/2018 “Soriano, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios”, Sentencia Interlocutoria de fecha 6.10.2022, Sala II CFSS 3208/2017 “Santiago, Fermín Antonio c/ Anses s/ Reajustes Varios”, Sentencia Interlocutoria de fecha 22.2.2023 y Sala III CFSS 82678/2015 “Vera, Héctor Isidro c/ Anses s/ Reajustes Varios”, Sentencia Interlocutoria de fecha 13.10.2022)." 2) "Acorde con dicha doctrina, corresponde redeterminar el haber inicial del recurrente, tomando en cuenta la totalidad de los años con aportes acreditados, debidamente actualizados por el organismo previsional al momento de la solicitud de la prestación." 3) "Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; RESUELVO: 1) Hacer parcialmente lugar a la demanda interpuesta por la parte actora dejando sin efecto la resolución impugnada; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días hábiles, a partir de que la sentencia quede firme..."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en la parte resolutiva transcripta; el fallo es de primera instancia proferido por la Jueza federal subrogante.

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