Logo

TOÑANES LEANDRO Y OTRO c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Demandantes solicitaron la liquidación del suplemento Zona Sur previsto en la Ley 19.485 para retiredos que residan en la zona austral. El Juzgado hizo lugar a la demanda y ordenó la liquidación y pago de la bonificación de zona austral, con regulación de intereses y consideración de la prescripción conforme a los fundamentos y precedentes citados.

Bonificacion zona austral Ley 19.485 Jubilados fuerzas de seguridad Prescripcion ley 23627 Intereses bcba Prefectura naval Liquidacion de haberes de retiro Igualdad constitucional Art. 14 bis Decreto 760/2018


¿Quién es el actor?

Leandro Toñanes y David Alejandro Díaz.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad y otros (representación de la Caja/organismos previsionales vinculados a Prefectura Naval).
- Objeto de la demanda: Petición para que se liquide en el haber de retiro el suplemento "Zona Sur" establecido por la Ley 19.485, con más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se ordenó que, en el plazo de noventa días y previa articulación de las atribuciones respectivas con fundamento en el decreto 760/2018, se proceda a liquidar la bonificación de zona austral; se dispuso la liquidación de las sumas conforme lo ordenado, teniendo en cuenta la prescripción indicada en el considerando 5 y la tasa de interés fijada en el considerando 6; costas por su orden; y regulación de honorarios de la dirección letrada de la parte actora (15% del importe del crédito) (ver punto 1-4 del fallo).
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
- "Establécese el coeficiente de bonificación 1,40 para las jubilaciones, pensiones, pensiones no contributivas, graciables y la pensión honoríficas para Veteranos de guerra de Malvinas e Islas del Atlántico Sur, que se abonan a los beneficiarios que residan en las Provincias de Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, La Pampa, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur y el partido de Carmen de Patagones de la provincia de Buenos Aires." (art. 1º Ley 19.485, transcripto en el considerando 2).
- "A la luz del texto del artículo 1 de la ley 19.485, los titulares de los beneficios de pasividad de las fuerzas de seguridad como los de cualquier régimen tanto general, especial o no contributivo, tienen derecho a la bonificación creada para promocionar el crecimiento poblacional en la región geográfica sur... Interpretar lo contrario implicaría ubicar al titular en una situación de desigualdad frente al resto de los beneficiarios... que atenta contra las garantías constitucionales de los arts. 16 y 14 bis de la C.N." (cito párrafo de la Sala 2 de la Cámara Federal de la Seguridad Social reproducido en consider. 4).
- Sobre prescripción: "la ley 23627 fija el plazo de dos años que en este caso debe contarse hacia atrás desde la interposición de la demanda (o del reclamo administrativo interpuesto oportunamente) ... la aplicación de las disposiciones de la ley citada, concretamente de su art. 2º, debe extenderse también a los beneficios de retiro y pensión..." (consider. 5).
- Sobre intereses: "En lo concerniente a los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina, me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos 'Spitale, Josefa Elida c/Anses...' del 14/09/04 y 'Cahais, Ruben Osvaldo c/Anses...' del 18/04/2017." (consider. 6).
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el fallo.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar