CACERES RAMON CARLOS c/ PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó la incorporación a su haber de retiro de los adicionales creados por los Decretos 1246/05 y 1307/12 y modificatorios. El Juzgado federal hizo lugar a la demanda, ordenó incorporar esos rubros al haber mensual con carácter remunerativo y bonificable y ordenar la liquidación de las sumas retroactivas en 90 días.
¿Quién es el actor?
Ramón Carlos Cáceres.
- Demandados: Estado Nacional – Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos – Prefectura Naval Argentina y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (CRJPPF) como codemandada.
- Objeto de la demanda: que se incorpore al haber mensual de retiro del actor las asignaciones/adicionales creadas por los Decretos 1246/05 y 1307/12 y sus modificatorios, con carácter remunerativo y bonificable, y que se liquiden las sumas retroactivas adeudadas.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inoficioso el tratamiento de la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la Prefectura Naval Argentina y se hizo lugar a la demanda. Se ordenó a la parte demandada incorporar al haber mensual del actor las acreencias emergentes de los Decretos 1246/05 y 1307/12 y sus posteriores ampliaciones/modificaciones, con carácter remunerativo y bonificable, dentro del plazo de 90 días desde la notificación; practicar la liquidación de las sumas retroactivas adeudadas y activar los mecanismos para su pago; imponerse las costas a la vencida; y regulársele a la letrada del actor honorarios del 15% del importe del crédito que resulte en la liquidación, con IVA y los mínimos legales aplicables.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia):
"Debo destacar inicialmente que las partes han consentido el llamamiento de autos y así han consentido las eventuales nulidades procesales que pudieron alegarse en la etapa procesal oportuna."
"Previo a introducirme en la cuestión de fondo traída a mi conocimiento, corresponde hacer referencia a la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el Prefectura Naval Argentina, imponiéndose decir que su tratamiento ha devenido inoficioso habida cuenta que la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones ha sido codemandada en estos actuados y ha comparecido a estar a derecho."
"Es evidente, luego de la lectura del art. 5 de cada cuerpo normativo de los Decretos en cuestión (1104/05 y sigtes) y que se conexan con la Fuerza de los actores a través del Decreto 1246/06, el carácter general con que se vieron incrementados los haberes de la totalidad de los agentes activos, y por ello cabe reconocer naturaleza salarial al aumento y en consecuencia, computarlo para el haber de retiro."
"De conformidad con lo expuesto, ordeno el reconocimiento en el haber mensual de retiro de los actores de los incrementos previstos en el Decreto 1246/05 y sus modificatorios; el cual se incorporara en carácter remunerativo y bonificable."
"Por tales consideraciones y ante el hecho de que no se respeta una situación de particularidad relevante en la calificación de los suplementos otorgados y acierta la actora en cuanto a que por su cuantía –aunque actualmente descendente
- no tiene accesoriedad ya que originalmente duplicó y superó ese valor respecto del 'sueldo', admito la demanda en cuanto solicita que se los califique con carácter general y, por ende, a ser percibido por la parte actora."
"De conformidad con lo expuesto, ordeno el reconocimiento en el haber mensual de retiro de los actores del incremento previsto en el Decreto 1307/12 y sus modificatorios; el cual se incorporara en carácter remunerativo y bonificable."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la resolución es dictada por el Juez Federal Subrogante Germán Pablo Zenobi y el bloque dispositivo final es el que se ejecuta.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: