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SCHULTE MABEL OFELIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS solicitando la redeterminación de su haber jubilatorio y el pago de retroactivos; pidió actualización de la PBU y la declaración de inconstitucionalidad de varios topes legales. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó el reajuste de los haberes y el pago de las diferencias desde el 4/2/2023, diferrió la actualización de la PBU para ejecución y rechazó o declaró abstractos varios planteos de inconstitucionalidad.

Reajuste de haberes Pbu Prescripcion (art.82 ley 18.037) Ley 24.241 Ley 27.426 Inconstitucionalidad Retroactivos Intereses Anses Seguridad social


¿Quién es el actor?

SCHULTE MABEL OFELIA.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: redeterminación del haber inicial jubilatorio, pago del retroactivo correspondiente, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y planteos de inconstitucionalidad de diversas normas (topes, art. 2 Ley 27.426, art. 25 y otros de la ley 24.241). Reserva del caso federal formulada.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó reajustar los haberes de la actora conforme los considerandos; se admitió la excepción de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037; se diferió la actualización de la PBU para la etapa de ejecución conforme la metodología del considerando II; se desestimó el planteo relativo al art. 24 de la ley 24.241 en los alcances expresados; se difirió para oportuno momento procesal los cuestionamientos a los topes y se declaró abstracto el planteo respecto del art. 25; se rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426; se ordenó el pago de las diferencias resultantes desde el 4/2/2023 con intereses y se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): “En cuanto a la actualización del componente PBU, sin perjuicio de dejar a salvo el criterio que venía sosteniendo ... por razones de economía procesal deberá actualizarse el valor del AMPO/MOPRE según el índice del precedente de la CSJN ‘Badaro’. Se determinará su aplicación por el período del 1/1/2002 al 31/12/2006... Ahora bien, ... un nuevo análisis de la cuestión me lleva a modificar dicho método, diferido para la etapa de ejecución de la sentencia firme.” (Considerando II) “Que, respecto de las diferencias generadas deberán abonársele al actor sin merma alguna. Esto así, de acuerdo a lo resuelto por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos ‘Pellegrini, Américo’ ... a mi juicio toda quita traería como consecuencia que el actor quedará privado de una porción de sus haberes sin causa legal, configurándose una nueva confiscación. En consecuencia, corresponde ordenar que las diferencias a favor del actor que arroje la movilidad en este período le sean abonadas sin quita alguna.” (Considerando VII) “En relación con el planteo de inconstitucionalidad del artículo 2 de la Ley 27.426 efectuado por la parte actora, ... corresponde estarse a lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa ‘Fernández Pastor, Miguel Ángel ...’ sent. del 4 de diciembre de 2025, en la cual se declaró la constitucionalidad de la norma cuestionada. En consecuencia, cabe rechazar el planteo formulado.” (Considerando VIII) “Respecto de la excepción de prescripción, corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo de reajuste de haberes (conf. art.82 de la ley 18.037), salvo que no hubiera transcurrido los dos años de plazo entre la resolución otorgante de la prestación y su primer reclamo de reajuste de haberes ... donde corresponde su rechazo.” (Considerando XIII)
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la parte resolutiva final es la decisión del Tribunal.

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