Logo

URDANIZ SERGIO ROBERTO c/ FUERZA AEREA ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor solicitó el reconocimiento como Veterano de Guerra de Malvinas y la concesión del certificado y beneficios previsionales correspondientes. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N.º 3 hizo lugar a la demanda, ordenó la expedición del certificado en 90 días y condenó al Estado Mayor General de la Fuerza Aérea a otorgar y liquidar los beneficios de la ley 23.848 con más intereses, imponiendo costas a la vencida.

Veterano de guerra Ley 23.848 Beneficio previsional Teatro de operaciones del atlantico sur (toas) Certificado Fuerza aerea Intereses Prescripcion Seguridad social Sentencia de primera instancia.


¿Quién es el actor?

URDANIZ SERGIO ROBERTO.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina.
- Objeto de la demanda: Reconocimiento del carácter de "Veterano de Guerra de Malvinas", expedición del certificado correspondiente y otorgamiento de los beneficios previsionales establecidos por la ley 23.848 y sus modificatorias, con más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se condenó a la parte demandada a expedir, en el plazo de 90 días, el Certificado previsto por el art. 1 de la ley 23.848; a través del organismo liquidador otorgar el beneficio previsto por la ley 23.848 y modificatorias y abonar las sumas adeudadas con más intereses; se impusieron las costas a la vencida; y se diferenció la regulación de honorarios para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En consecuencia, corresponde hacer lugar a la demanda entablada, y reconocer el carácter de Veterano de Guerra al actor, a los fines solicitados, ordenando se expida el certificado que acredite dicha condición a sus efectos, y ordenar se le otorgue, a través del organismo liquidador pertinente, los beneficios estipulados por la ley 23.848 y modificatorias." "Que la CSJN en el fallo 'GEREZ CARMELO ANTONIO c/ESTADO NACIONAL M° DE DEFENSA s/IMPUGNACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA PROCESO ORDINARIO G. 123. XLIV. REX09/11/2010 Fallos: 333:2141' precisó: 'Que, sentado lo hasta aquí expuesto, corresponde ponderar que, a fin de ser considerado veterano de guerra, la norma específica -en el caso, la ley 24.892
- requiere haber cumplido funciones entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el Teatro de Operaciones de Malvinas (TOM) o bien en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), aunque en este último caso se exige, además, haber entrado efectivamente en combate. De tal modo, puede afirmarse que la ley establece la concurrencia de un triple orden de requisitos: el temporal (que se extiende entre el 2 de abril y el 14 de junio), el geográfico (denominado TOM o TOAS) y el de acción, que reclama haber "entrado efectivamente en combate" (art. 10 de la ley 24.892).'" "Que en relación a la excepción de prescripción opuesta por la demandada, cabe destacar que en materia de seguridad social el derecho al beneficio previsional es imprescriptible (conf. art. 14 bis de la Constitución Nacional), ... resulta procedente la aplicación del art.2562 del Código Civil y Comercial, por lo que corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los 2 años previos a la interposición de la demanda o reclamo administrativo si lo hubiere."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; la decisión que hace lugar a la demanda es la decisión del tribunal.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar