Incidente Nº 2 - IMPUTADO: MOREL, BRAIAN NAHUEL Y OTROS s/Audiencia de revisión de medida de coerción (Art. 223 in fine y 362)
Incidente de revisión de medidas cautelares por imputación por infracción a la Ley 23.737. El Tribunal de Revisión mantuvo la prisión preventiva de los imputados pero la modificó a cumplimiento bajo arresto domiciliario en los domicilios y con tutores designados hasta el 21 de febrero de 2026, por entender que no se configuraba en demasía el peligro de fuga ni la obstaculización de la investigación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Las defensas de Braian Nahuel Morel y Braian Lautaro Pacheco solicitaron la revocación de la prisión preventiva impuesta por el juez de garantía.
Demandado: Ministerio Público Fiscal (contestó y pidió mantener la medida); imputados: Braian Nahuel Morel y Braian Lautaro Pacheco.
Objeto: Audiencia de revisión de medida de coerción / revisión de la prisión preventiva (Incidente Nº 2, art. 223 in fine y 362).
Decisión: El tribunal decidió mantener la prisión preventiva impuesta a ambos imputados, pero modificar la modalidad de cumplimiento transformándola en arresto domiciliario en los domicilios a designar y con tutora/tutor responsable, hasta el 21 de febrero de 2026.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"He sabido que son presupuestos de las medidas cautelares y en especial de la prisión preventiva el análisis del mérito sustantivo, ello que existan elementos suficientes de prueba para la imputación del delito. Estos elementos fueron oportunamente detallados por el representante de la Fiscalía., describiendo la conducta de cada uno de los imputados en la descripción del hecho del transporte de la sustancia estupefacientes. Y también, aparte de este mérito sustantivo, es necesario analizar otros elementos para que pueda decretarse y mantenerse la prisión preventiva que están vinculados a los riesgos procesales. Uno de ellos es la obstaculización de la investigación, en este caso no se ampliaron demasiado los argumentos por cuales podían los imputados obstaculizar la investigación, ellos incluso aportaron sus celulares, y vale acordar que fue valorada por el Ministerio de Público Fiscal la información que se obtuvo en relación a esos celulares."
"Y también el aspecto vinculado al peligro real de fuga que debe acreditarse de cada uno de los imputados. Ambos imputados tienen arraigo por lo menos reconocido y expresado en la audiencia anterior, no ha sido tampoco desconocida. Y en el caso del señor Morel se adjuntó un informe socioambiental de su situación familiar y su radicación como padre de un menor de pocos meses de vida que estaba a cargo."
"Analizando el contexto que han expuesto en esta audiencia y no configurándose o en demasía el peligro de fuga y el entorpecimiento de la investigación, este tribunal ha decidido mantener la prisión preventiva, pero modificar el cumplimiento de la medida cautelar... transformar el cumplimiento, la modalidad del cumplimiento de la prisión preventiva en el propio domicilio de los imputados... para hacer con más precisión durante el tiempo que todavía resta y que fue dispuesto por el juez de garantía, que es el 21 de febrero del corriente año."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la resolución es la adoptada por el Tribunal de Revisión.
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