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ZUNINO HECTOR ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió acción contra ANSES por reajustes varios y aplicación de la movilidad de haberes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la orden de grado que aplicaba a los haberes de enero y febrero 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y abonados en 2020, y confirmó el resto de la sentencia apelada.

Reajustes Movilidad previsional Ley 27.541 Emergencia Ley 27.609 Anses Costas de alzada Honorarios Inconstitucionalidad Seguridad social


¿Quién es el actor?

Zunino Héctor Alfredo.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios sobre haberes previsionales; impugnación de la aplicación de normas de emergencia (ley 27.541 y decretos) y reclamo de aplicación de diferencias porcentuales entre aumentos suspendidos en 2020 y los efectivamente abonados, como base para la movilidad (haberes de enero y febrero 2021 conforme ley 27.609).

¿Qué se resolvió?

Se revocó lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual que pudiera existir entre los aumentos suspendidos y los abonados durante 2020; se confirmó la sentencia recurrida en todo lo demás. Se impusieron costas de alzada por su orden y se fijaron honorarios de Alzada del 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Que este tribunal ha desestimado los embates dirigidos a cuestionar la validez de la emergencia sancionada por el Congreso Nacional a través de la ley 27.541, y de los decretos dictados en consecuencia por el Poder Ejecutivo Nacional en función de la delegación legislativa realizada, por no evidenciarse vulneración al mandato constitucional del art. 14 bis de la CN." "En atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional y de conformidad a los precedentes jurisprudenciales mencionados ut supra, por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada." "La declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia, configurando un acto de suma gravedad institucional, que debe considerarse como última ratio del orden jurídico ... no cabe formularla sino cuando un acabado examen del precepto conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca el derecho o garantía constitucional invocados."
- Votos y disidencia: la resolución se adoptó por mayoría; en las firmas figura que el Dr. Sebastian E. Russo se manifiesta "en disidencia parcial". La decisión mayoritaria es la transcrita arriba; la disidencia parcial queda registrada en la firma pero no altera lo resuelto.

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