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ZALAZAR RICARDO ALBERTO Y OTROS c/ GENDARMERIA NACIONAL Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Demandaron la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 por el aumento del aporte previsional del 8% al 11% y solicitaron la restitución de las sumas descontadas. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 2 hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el Decreto 679/97, ordenó el cese inmediato de su aplicación y mandó la liquidación en 90 días de las sumas retroactivas, con costas a la vencida y regulación de honorarios.

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¿Quién es el actor?

Ricardo Alberto Zalazar; Pablo Gastón Medina; Joel Waldo Yamil González.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Seguridad; Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (y codemandada Gendarmería Nacional opuso excepción de falta de legitimación pasiva).
- Objeto de la demanda: Se impugna el Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del personal en actividad del 8% al 11%, se solicita la declaración de inconstitucionalidad, el cese del descuento y la devolución de las sumas descontadas con sus intereses.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11% y se ordenó el cese inmediato de su aplicación; se ordenó a la accionada y/o a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal practicar en el término de noventa días la liquidación de las sumas retroactivas adeudadas, con consideración de prescripción e intereses; costas a la vencida; regulación de honorarios (15% del crédito, con mínimos de ley).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) “Cabe destacar entre los mismos, los argumentos vertidos por el Máximo Tribunal en el punto 12) del Considerando, en el que añadió que: ‘…los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional, sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé (arg. Fallos:322:17269). En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97’.” 2) “A este respecto, haré lugar a la excepción en los términos de los arts. 2562 inc. c) y 2537 del Código Civil y Comercial y tendrá alcance por los dos años anteriores a la fecha de promoción de la demanda o en su caso, del reclamo administrativo (conf. argumento CCAdmFed, Sala III-causa nº 45361/2015 ‘Escobar Pablo Maximiliano y Otros c/ En-Mº Seg.-PFA s/ Pers. Milit. y Civil de las FFAA y de Seguridad’).” 3) “En lo concerniente a los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina, me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos ‘Spitale, Josefa Elida c/Anses s/impugnación de resolución’ del 14/09/04 y ‘Cahais, Rubén Osvaldo c/Anses s/reajustes varios’ del 18/04/2017.”
- Votos en disidencia: no constan disidencias; el fallo es dictado por el Juez Federal Subrogante Germán Pablo Zenobi como resolución definitiva de la causa.

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