SAYOS HORACIO ESTEBAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor la recalculación de su haber jubilatorio y el pago de retroactivos por aplicación de la ley 24.241 y actualización de la PBU. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó recalcular el haber inicial y sus retroactividades, admitió la excepción de prescripción respecto de períodos anteriores a 5/6/2022 y diferió cuestiones de inconstitucionalidad y actualización de la PBU para la etapa de ejecución.
¿Quién es el actor?
Sayos Horacio Esteban.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Redeterminación del haber inicial, pago de retroactivos de la prestación previsional obtenida bajo la ley 24.241, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y planteos de inconstitucionalidad de topes y del art. 2 de la ley 27.426.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda: se ordenó recalcular el haber inicial, sus actualizaciones y retroactividades; se admitió la excepción de prescripción para créditos anteriores a los dos años previos al reclamo administrativo (salvo supuestos excepcionados); se diferenció la actualización de la PBU para la etapa de ejecución con la metodología fijada; se rechazaron o declararon abstractos/diferidos los distintos planteos de inconstitucionalidad conforme se detalla en la parte resolutiva; y se ordenó el pago de las diferencias desde el 5/6/2022 con los intereses correspondientes.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En cuanto a la actualización del componente PBU, sin perjuicio de dejar a salvo el criterio que venía sosteniendo en cuanto a que el índice a aplicar para la actualización de dicho componente era el del salario básico de la industria de la construcción (ISBIC), toda vez que las tres Salas de la Alzada se han expedido en forma unánime, por razones de economía procesal deberá actualizarse el valor del AMPO/MOPRE según el índice del precedente de la CSJN 'Badaro'. ... Ahora bien, si bien me he expedido respecto al método para verificar si es o no confiscatoria la actualización de la PBU ... un nuevo análisis de la cuestión me lleva a modificar dicho método, diferido para la etapa de ejecución de la sentencia firme."
"Que, respecto de los años de servicios en relación de dependencia, corresponde analizar la determinación del haber inicial de la prestación, teniendo en cuenta... el organismo deberá indicar: a) en una primera columna la categoría aportada en cada período; b) el monto del haber mínimo correspondiente al período aportado; c) cantidad de haberes mínimos correspondientes a la categoría aportada en cada período histórico; d) la suma de los valores consignados en c). Ese total deberá ser dividido por la cantidad de meses aportados a fin de determinar el haber mínimo promedio efectivamente aportado."
"Las diferencias generadas deberán abonársele al actor sin merma alguna. ... En consecuencia, corresponde ordenar que las diferencias a favor del actor que arroje la movilidad en este período, le sean abonadas sin quita alguna."
- Disidencias relevantes: no constan votos en disidencia en la parte resolutiva final.
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