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GONZALEZ RAMON MARCELO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Demanda de reajuste de haberes previsionales contra ANSeS por cálculo del haber inicial y movilidad. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°3 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó recalcular y reajustar los haberes, declaró prescritos créditos anteriores a dos años del reclamo administrativo y resolvió que las diferencias deben abonarse sin merma, diferiendo cuestiones sobre PBU y topes para ejecución o momento oportuno, y rechazó inconstitucionalidades sobre la ley 27.541 y los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020.

Reajuste de haberes Pbu Prescripcion administrativa Ley 24.241 Ley 27.541 Decretos 163/2020 495/2020 692/2020 899/2020 Movilidad previsional Confiscatoriedad Servicios autonomos Anses


¿Quién es el actor?

GONZALEZ RAMON MARCELO.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: redeterminación del haber inicial jubilatorio, pago del retroactivo correspondiente y actualización de componentes (incluida la Prestación Básica Universal
- PBU); planteos de inconstitucionalidad de topes y normas (art. 2 ley 27.426; ley 27.541 y decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó reajustar los haberes del actor conforme la metodología y criterios expresados en los considerandos; se admitió la excepción de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037 para créditos anteriores a dos años al reclamo administrativo; se difirió para ejecución la actualización de la PBU según índice y metodología del considerando II; se desestimaron varios planteos de inconstitucionalidad (entre ellos ley 27.541 y decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020) y se dispuso pagar las diferencias desde el 30/6/2021 con los intereses respectivos, ordenando el cobro sin merma alguna.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes y citas textuales): 1) Sobre la PBU y metodología diferida: "En cuanto a la actualización del componente PBU, ... por razones de economía procesal deberá actualizarse el valor del AMPO/MOPRE según el índice del precedente de la CSJN 'Badaro'. ... Ahora bien, ... un nuevo análisis de la cuestión me lleva a modificar dicho método, diferido para la etapa de ejecución de la sentencia firme. Ello así, para determinar si la ausencia de incrementos en la misma en relación al haber inicial total resulta o no confiscatoria en los términos del precedente de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 'Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeS s/reajustes varios' sent. del 11/11/14." Se fija procedimiento para calcular incidencia porcentual y el umbral del 15% para considerar confiscatoriedad y abonar la PBU reajustada. 2) Sobre servicios autónomos y plan de facilidades: "En tanto la parte actora pretende la redeterminación del haber inicial ... que se fundan en la capacidad contributiva del trabajador autónomo ... considero que, sobre los servicios ingresados a través del plan de facilidades de pago, cuya cotización no ha sido efectuada ni en la oportunidad ni en los valores vigentes a la fecha en que se pretende que se reconozcan, el planteo no podrá tener acogida favorable, resultando al efecto inaplicables los precedentes citados, por lo que deberán considerarse ... los valores vigentes de las categorías actualizadas al mes de junio de 1994 de conformidad con la Res Gral AFIP 1624/04, Anexo I." 3) Sobre constitucionalidad de la ley 27.541 y decretos de 2020: "La ley 27.541 ... declaró la emergencia pública ... El artículo 55 ... suspendió 'por el plazo de ciento ochenta (180) días, la aplicación del artículo 32 de la ley 24.241' ... Estos dos aspectos ... que la ley 27.541 cumple con los requisitos de la emergencia ... y que a través de los decretos trimestrales se cumple con el mandato constitucional del art. 14 bis, me convencen acerca de que la ley 27541 no resulta cuestionable. ... Por ello, los Decretos 163, 495, 692 y 899, todos del 2020, que previeron aumentos trimestrales ... devienen constitucionales." No obstante, el tribunal concluye que dichos aumentos fueron inferiores a la movilidad que hubiere correspondido y ordena abonar la diferencia relativa a enero y febrero de 2021 y redeterminar el haber de marzo de 2021.
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el documento; la resolución final es dictada por la Jueza Federal Subrogante Alicia I. Braghini y es la decisión que manda.

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