PERRONE NORA LILIAN c/ ANSES s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA
La actora promovió acción declarativa contra ANSES para que se aplique el régimen jubilatorio especial (ley 24.018/27.546) por sus tareas como Prosecretaria en la Oficina de Violencia Doméstica. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar a la demanda, declaró inaplicables y/o inconstitucionales las restricciones reglamentarias sobre cargos auxiliares, servicios en interinato y la exigencia de cese previo, y ordenó a ANSES dictar resolución otorgante en 30 días.
¿Quién es el actor?
Nora Lilian Perrone (D.N.I. N° 12.667.926).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra normas reglamentarias (Resolución SSS 10/2020 y su actual 30/2023) y respecto del artículo 9 inciso b) de la ley 24.018 modificado por la ley 27.546; se solicitó que se declare aplicable para la actora el régimen jubilatorio especial (ley 24.018/27.546) por los servicios prestados como Prosecretaria Administrativa interina y Prosecretaria Letrada en la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema, incluyendo cómputo de períodos interinos y no exigir cese previo al inicio del trámite.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda; se declaró aplicable a la actora el régimen instituido por la ley 24.018-27.546; se declaró la inaplicabilidad del punto 1 ap a) del Anexo I de la Res. SSS 10/20 (exclusión de cargos de apoyo/auxiliares) y del punto 2 ap. c) (no computabilidad de cargos ejercidos en interinatos) en la medida que impidan el cómputo; se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. b) de la ley 24.018 (modif. por ley 27.546) y del punto 2 inc. e) del Anexo I de la Res. SSS 10/20 en cuanto exigen el cese definitivo en el cargo como requisito previo, debiéndose requerir el cese sólo una vez otorgado el beneficio para el pago; se ordena a ANSES a dictar resolución otorgante en 30 días y se imponen costas a la demandada. (El texto coincide con la parte resolutiva final transcripta.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
1) "Corresponderá declarar inconstitucional por violatorio del principio de razonabilidad de la ley que reglamenta, el artículo 1 inciso a) del Anexo I de la Resolución de la Secretaría de la Seguridad Social N 10/2020, el que establece que: 'Quedan excluidos los funcionarios o empleados judiciales que ejercen funciones auxiliares o de apoyo, no esencialmente jurisdiccionales, ni vinculadas directamente a la administración de justicia, en cargos que hubieren sido asimilados a los mencionados en el referido Anexo, mediante la disposición de equivalencias, equiparaciones, o por cualquier otro procedimiento de asimilación...'. Ello, por cuanto el análisis de las funciones que prestó el funcionario judicial no fue previsto por la ley dictada por el Congreso de la Nación, de manera que el análisis posterior que pretenda realizar el funcionario administrativo de turno en el organismo previsional conculca la razonabilidad que cabe exigir a la norma reglamentaria de la ley aplicable."
2) "Por ello, de conformidad con el artículo 99 inciso 3) de la Constitución Nacional, corresponde, para el caso de autos declarar inaplicable el punto 2) inciso c) de la Resolución SSS 10/2020 en lo que se refiere a que no son computables a los fines del régimen especial aquellos cargos que hayan sido ejercidos en forma transitoria, mediante subrogancias, interinatos o cualquier otra modalidad de ejercicio temporal..."
3) "Considero que la situación planteada afecta los derechos a la seguridad social, a la no regresividad, a la propiedad y a la igualdad de la parte actora, ya que no se exige idéntico requerimiento en el régimen previsional general previsto por la ley 24.241... Entiendo que el requisito señalado resulta irrazonable, ya que su aplicación concreta pone en riesgo la integridad y continuidad de los ingresos de contenido alimentario del peticionante."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución es de un/a Juez de primera instancia.
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