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AVILA, SOFIA EUGENIA c/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO P/F DETERMINADOS Y OTROS s/ORDINARIO

Reclamó una consumidora por daños y perjuicios por demora en la entrega de un vehículo adquirido mediante un plan de ahorro. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la condena contra VW Ahorro y Dietrich, confirmó en lo demás la sentencia de grado, revocó en parte respecto de Volkswagen Argentina S.A. fue rechazado por la mayoría y se ordenó adicionar intereses sobre el rubro daño moral.

Plan de ahorro Demora en entrega Clausula penal Dano moral Intereses Responsabilidad solidaria Ley 24.240 Concesionaria Fabricante Costas de alzada


¿Quién es el actor?

Sofía Eugenia Ávila.
- Demandados: Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados (VW Ahorro), Dietrich S.A. (concesionaria) y Volkswagen Argentina S.A. (fabricante).
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios (penalidad contractual por demora, daño moral y daño punitivo) por entrega tardía de vehículo adjudicado mediante plan de ahorro (entrega pactada 5/11/2021; entrega efectiva 15/9/2022; demora de 314 días).

¿Qué se resolvió?

La Cámara resolvió rechazar los recursos de apelación interpuestos por VW Ahorro, Dietrich y Volkswagen Argentina; hacer lugar parcialmente a la apelación de la actora para disponer la aplicación de intereses sobre el rubro daño moral (desde el 5.11.2021 hasta su efectivo pago, a la tasa activa del BNA), confirmar en lo demás la decisión apelada (condena de VW Ahorro y Dietrich a pagar la penalidad calculada conforme cláusula contractual y la indemnización por daño moral de $500.000) e imponer las costas de Alzada a las demandadas vencidas. (Mayoría: Chómer y Kölliker Frers; la Dra. Vásquez figura en disidencia parcial.)
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos o citas textuales relevantes): "En consecuencia y tal como expuse en diversos precedentes de la Sala B —que integro como jueza titular— no corresponde extender la responsabilidad a la fabricante por el solo hecho de integrar la cadena de comercialización ... De este modo, los agravios de la apelante vinculados con la aplicación del artículo 40 de la ley 24.240 son atendibles y no cabe atribuirle responsabilidad por la demora en la entrega del vehículo." (voto de la Dra. María Guadalupe Vásquez, punto III.2) "Por las razones expuestas, corresponde revocar la sentencia en este aspecto y rechazar la demanda deducida en contra de Volkswagen." (propuesta de la preopinante, punto V en su voto) "En consecuencia, corresponde adicionar intereses a la tasa activa que percibe el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones ordinarias de descuento a treinta días, sin capitalizar, desde el 5.11.2021 —fecha en que debió efectuarse la entrega del automotor— y hasta su efectivo pago." (punto III.4, decisión de la Cámara que se incorpora a la modificación) Mayoría (votos de los Dres. Héctor Chómer y Alfredo A. Kölliker-Frers): sostuvieron la extensión de responsabilidad a Volkswagen Argentina S.A. en virtud de la "conexidad contractual", la apariencia y la obligación de seguridad y control que impone la estructura de comercialización, por lo que rechazaron el recurso de la fabricante y la consideraron solidariamente responsable. Ejemplo de cita: "Por lo tanto, considero que debe rechazarse el recurso interpuesto por la codemandada Volkswagen Argentina S.A. en lo que a la extensión de la responsabilidad respecta y considerarla solidariamente responsable de la condena de autos." (voto del Dr. Chómer) Disidencia parcial: la Dra. María Guadalupe Vásquez propuso revocar la condena contra Volkswagen Argentina S.A. por considerar que la demora constituye incumplimiento contractual y no encuadra en el artículo 40 LDC respecto del fabricante en este caso; sin embargo, su propuesta quedó en minoría.

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