MORANTE CARLOS RAUL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor, Morante Carlos Raúl, demandó a la ANSeS por reajustes y declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad y decretos relacionados. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda: ordenó actualizar el haber y pagar las diferencias con arreglo a las leyes de movilidad determinadas, rechazó la impugnación de la ley 27.541 con las salvedades de los considerandos, e impuso costas y honorarios conforme a lo dispuesto.
¿Quién es el actor?
Morante Carlos Raúl.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes/movilidades varias de haberes previsionales; declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.426, la ley 27.541 y decretos reglamentarios (entre otros), y pago de las diferencias generadas con sus intereses.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordena a ANSeS, en el plazo de 120 días desde que exista sentencia firme, actualizar el haber con los aumentos emergentes de la aplicación de las leyes de movilidad determinadas en el fallo, y disponer el pago de las diferencias emergentes en el término de 120 días a contar del momento en que quede firme la presente. No se hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.541 y los decretos impugnados, con las salvedades expresadas en los considerandos. Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios (15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante, con reglas previstas en la resolución).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"6. Ahora bien, cabe destacar que la movilidad legal contenida en el art. 32 anterior a la última reforma, encuentra razón de su existencia -entre otros factores en la necesidad de mantener el valor de la moneda y, en la relación proporcional entre el salario y el beneficio jubilatorio. Por ello y levantada la suspensión, dispongo que el Organismo debe aplicar al haber de Enero 2021 – que es base de cálculo para la nueva movilidad consagrada en la ley 27.609– la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos suspendidos y los abonados durante el año 2020 por ese concepto. Queda claro que la nueva movilidad instaurada por la ley 27.609 emula en gran medida el método contenido en la ley 26.417 (o sea, el que fue reformado por la Ley 27.426), por lo que hacia el futuro el reclamo ha devenido abstracto."
"7. Los intereses sobre las diferencias que surjan se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina y me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos “Spitale, Josefa Elida c/Anses s/impugnación de resolución” del 14/09/04 y “Cahais, Rubén Osvaldo c/Anses s/reajustes varios” del 18/04/2017."
"Por lo expuesto, citas legales y jurisprudencia RESUELVO: 1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta y ordeno a la ANSeS a que en el plazo de 120 días desde que exista sentencia firme en autos, proceda a actualizar el haber con los aumentos emergentes de la aplicación de la las leyes de movilidad aquí determinadas, con arreglo a los parámetros allí establecidos; 2) Disponer el pago de las diferencias emergentes de la aplicación dispuesta en el punto anterior, en el término de 120 días a contar del momento en que quede firme la presente; 3) No hacer lugar al planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.541 y los decretos impugnados, con la salvedad expresada los considerandos; 4) Imponer las costas a la demandada (cfr. art. 36 de la ley 27.423); 5) Regúlanse de honorarios..."
- Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia en la sentencia analizada.
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