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SORIA JOSE LUIS c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

El actor promovió acción de amparo contra ANSES solicitando el cese del descuento aplicado conforme al art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 y la restitución de las sumas retenidas. El Juzgado Federal de la Seguridad Social n.º 8 hizo lugar al amparo, declaró inaplicable el art. 9.2 de la ley 24.463 al beneficio del actor, ordenó el cese del descuento y el pago de las diferencias retroactivas con intereses, y admitió la prescripción respecto de créditos anteriores a dos años.

Amparo Anses Impuesto a las ganancias Ley 24.463 art. 9 inc.2 Inaplicabilidad Prescripcion Jubilacion regimen 24.241 Prestaciones previsionales Costas Intereses por mora


¿Quién es el actor?

Soria José Luis (jubilado, docente según su presentación).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para que cese la aplicación del descuento previsto en el art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 sobre el haber previsional del actor y se reintegren las sumas retenidas (impuesto a las ganancias), con más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de amparo; se declaró inaplicable al caso lo dispuesto en el art. 9.2 de la ley 24.463; se ordenó a ANSES que cese el descuento en el plazo de 30 días y abone las diferencias retroactivas con intereses; se admitió la excepción de prescripción respecto de créditos anteriores a dos años; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Por ello, frente a la forma en que ha quedado trabada la litis, estimo que resulta procedente la acción de amparo deducida por no existir vía judicial más idónea para el reconocimiento del derecho invocado." "En consecuencia, teniendo en cuenta el criterio sentado por ambas Salas, como así también el carácter alimentario del crédito reclamado en autos, he de declarar la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 de la ley 24.463 al régimen del actor y consecuentemente he de ordenar el cese del descuento que la accionada aplica sobre sus haberes previsionales." "Respecto del haber mensual, el Máximo Tribunal se expidió en la causa 'García María Isabel c/AFIP s/Acción Meramente Declarativa de Inconstitucionalidad' el 26/3/19 y recientemente en la causa 'Garcia Marta Susana c/ Anses s/ Reajustes Varios' del 10/09/20, ordenando que hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto, no corresponde retener suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional (cfr. considerando 24); consecuentemente, por economía procesal, aplicaré la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación." Además, se consignó: "Admitir la excepción opuesta por la accionada y declarar prescriptos los créditos anteriores a dos años de la fecha de interposición de la presente acción o desde la fecha inicial de pago de la prestación..." (fundamento en arts. 82 L. 18.037 y 168 L. 24.241).
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto. La decisión consignada en la parte resolutiva es la que prevalece.

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