ALVAREZ JOSE SALVADOR Y OTRO c/ MINISTERIO DE DEFENSA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora impugnó la sentencia de grado que rechazó su reclamo por el suplemento previsto en Res. 1459/93 del Ministerio de Defensa. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada, siguiendo la doctrina de la Corte Suprema que considera que el suplemento por zona no fue creado ni otorgado de modo generalizado y debe aplicarse como asignación de carácter particular.
¿Quién es el actor?
ALVAREZ JOSE SALVADOR y otro (parte actora).
¿A quién se demanda?
Ministerio de Defensa y otro (Estado Nacional).
- Objeto de la demanda: Reclamo por el suplemento denominado "suplemento por zona" previsto en la Resolución 1459/93 del Ministerio de Defensa (pretensión de que se compute como suplemento general).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada que rechazó la demanda. Se impusieron las costas de Alzada por su orden y se regularon honorarios a favor de la parte actora por 4 UMA ($349.368), con más IVA si correspondiera.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Ahora bien, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha fallado respecto de los suplementos creados en virtud del decreto 2769/93 y de la Resolución del Ministerio de Defensa 1459/93 que 'no han sido creados ni otorgados con carácter generalizado a la totalidad del personal en actividad ni a la totalidad del personal de un mismo grado, y que su aplicación se ha ajustado, en general, a los términos del decreto del Poder Ejecutivo y la resolución del Ministerio de Defensa.' De ahí, que tales asignaciones instituidas y aplicadas con carácter particular y como compensaciones de ciertos gastos (arts. 57 y 58 de la ley 19.101), en tanto participan de tal naturaleza, 'no pueden considerárselas acordadas en concepto de sueldo y, por lo tanto, no deben ser computadas para determinar el haber de retiro' (CSJN 'Bovari de Diaz, Aída y otros c/Estado Nacional -Ministerio de Defensa s/personal militar y civil de las FFAA y de Seg.' Sent. del 4-5-2000; íd. 'Villegas Osiris G. y otros c/Estado Nacional -M. de Defensa s/Personal militar y civil de las FFAA y de Seg.' Sent. del 4-5-2000)."
"Cabe destacar que el Máximo Tribunal se ha pronunciado en la causa 'Picone, Juan Blas Pedro c/Estado Nacional – Ministerio de Defensa s/ Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad' (FCB 27470/2013/1/RH1), sentencia en fecha 4 de octubre de 2022, en la que, remitiéndose a lo resuelto en los casos 'Bovari de Díaz' y 'Villegas, Osiris', admitió la queja deducida por el Estado Nacional y, en consecuencia, hizo lugar al recurso extraordinario articulado contra la sentencia que había admitido el carácter general del 'suplemento por zona' (Resolución del Ministerio de Defensa 1459/93)."
"En efecto, considerando que la jurisprudencia mencionada ut supra continúa vigente, en tales circunstancias corresponde rechazar el agravio al respecto. Por lo tanto, siendo que no se encuentran elementos que permitan a este Tribunal apartarse de esta doctrina, es que corresponde confirmar la sentencia apelada."
- Costas y honorarios: El tribunal aplicó el art. 68, segundo párrafo, del CPCCN imponiendo las costas de Alzada por su orden y reguló honorarios de la representación letrada de la actora en 4 UMA ($349.368), con adicionamiento de IVA si correspondiera.
(No hubo voto en disidencia relevante señalado en la parte resolutiva; la decisión consignada es la de la mayoría que figura en la PARTE RESOLUTIVA FINAL.)
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