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MARENGHI GRACIELA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS solicitando la redeterminación de su haber inicial y el pago del retroactivo previsional. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°3 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó recalcular y reajustar los haberes (con diferimiento para la ejecución de la actualización de la PBU y admisión parcial de la excepción de prescripción) y dispuso el pago de las diferencias desde el 10/12/2022 con intereses.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Marenghi Graciela Beatriz, actora. Demandado: ANSeS. Objeto: Redeterminación del haber inicial jubilatorio, pago de retroactivos, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y declaraciones de inconstitucionalidad de diversos topes y normas (art. 2 ley 27.426; artículos y topes vinculados a la ley 24.241 y ley 24.463). Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó reajustar los haberes de la actora conforme los considerandos de la sentencia, recalculando el haber inicial, sus actualizaciones y retroactividades; se admitió la excepción de prescripción en los términos del art. 82 ley 18.037; se diferirió la actualización de la PBU para la etapa de ejecución conforme la metodología del considerando II; se desestimó el planteo relativo al art. 24 de la ley 24.241 (con los alcances expuestos); se difirió el tratamiento de la inconstitucionalidad de los topes para el momento procesal oportuno; se declaró abstracto el planteo contra el art. 25 de la ley 24.241; se rechazó el planteo contra el art. 2 de la ley 27.426; no se hizo lugar al resto de los planteos de inconstitucionalidad; y se ordenó pagar al actor las diferencias desde el 10/12/2022 con intereses.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes): "En materia previsional, el derecho al beneficio es imprescriptible. La demora en iniciar las tramitaciones previsionales no puede producir otras consecuencias que aquellas previstas en la ley para la liquidación de los haberes retroactivos (CSJN. R.460.XXXVIII.R.O.Ruidiaz, José Luis c/ ANSeS s/impugnación fecha inicial de pago, del 07/12/10)." "En cuanto a la actualización del componente PBU, sin perjuicio de dejar a salvo el criterio que venía sosteniendo ... por razones de economía procesal deberá actualizarse el valor del AMPO/MOPRE según el índice del precedente de la CSJN 'Badaro'. ... se determinará su aplicación por el período del 1/1/2002 al 31/12/2006, luego las movilidades dispuestas por la ley 26.198 y los decretos 1346/07 y 279/08..." "Así recalculado el haber inicial -en ningún caso podrá resultar una suma inferior a la efectivamente percibida, y la mayor de ambas será la base de la movilidad a calcular." "Las diferencias generadas deberán abonársele al actor sin merma alguna. ... toda quita traería como consecuencia que el actor quedará privado de una porción de sus haberes sin causa legal, configurándose una nueva confiscación." "Respecto de la excepción de prescripción, corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo de reajuste de haberes (conf. art.82 de la ley 18.037)..."
- Disidencias: no constan votos en disidencia en el dispositivo final; la decisión es la que figura en la parte resolutiva.

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