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GALVAN ANTONIO NICOLAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el actor la redeterminación del haber inicial, actualización de la PBU y pago de retroactivos contra ANSeS por haber obtenido jubilación bajo la ley 24.241. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 3 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó recalcular el haber inicial, sus actualizaciones y retroactividades y diferir el tratamiento de ciertos planteos (PBU y topes) para ejecución o momento oportuno, admitiendo además la excepción de prescripción conforme art. 82 L.18.037.

Reajuste Jubilacion ley 24.241 Pbu Retroactivos Prescripcion art.82 l.18.037 Topes maximos Movilidad previsional Calculo haber inicial Intereses Ejecucion


¿Quién es el actor?

GALVAN ANTONIO NICOLAS.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Redeterminación del haber inicial de jubilación obtenido bajo la ley 24.241, pago de retroactivos, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y declaración de inconstitucionalidad de topes legales aplicables.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se ordenó recalcular el haber inicial, sus actualizaciones y retroactividades, admitiéndose la excepción de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037; se diferió para ejecución la determinación sobre la actualización de la PBU conforme la metodología indicada en el considerando II; se desestimó el planteo referido al art. 24 L.24.241 (declarándolo abstracto en lo pertinente); se difirió para momento oportuno el tratamiento de la inconstitucionalidad de los topes; se declaró abstracto el planteo sobre el art. 25; se ordenó el pago de las diferencias desde el 26/12/2014 (dos años previos al reclamo administrativo) más intereses y se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "En cuanto a la actualización del componente PBU, sin perjuicio de dejar a salvo el criterio que venía sosteniendo en cuanto a que el índice a aplicar para la actualización de dicho componente era el del salario básico de la industria de la construcción (ISBIC), toda vez que las tres Salas de la Alzada se han expedido en forma unánime, por razones de economía procesal deberá actualizarse el valor del AMPO/MOPRE según el índice del precedente de la CSJN 'Badaro'. ... Ahora bien, si bien me he expedido respecto al método para verificar si es o no confiscatoria la actualización de la PBU ... un nuevo análisis de la cuestión me lleva a modificar dicho método, diferido para la etapa de ejecución de la sentencia firme. ... En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada, al acreditarse la confiscatoriedad requerida..." (Considerando II). 2) "Respecto de las remuneraciones actualizadas conforme lo dispuesto precedentemente, deviene inaplicable el tope dispuesto por el art. 14 inc. 2 de la Res. S.S.S. 06/2009, por importar un exceso reglamentario contrario al espíritu de la norma... Así recalculado el haber inicial -en ningún caso podrá resultar una suma inferior a la efectivamente percibida, y la mayor de ambas será la base de la movilidad a calcular." (Considerando III). 3) "Las diferencias generadas deberán abonársele al actor sin merma alguna. ... a mi juicio toda quita traería como consecuencia que el actor quedará privado de una porción de sus haberes sin causa legal, configurándose una nueva confiscación." (Considerando VIII).
- Disidencias: no constan votos en disidencia en el pronunciamiento; la Parte Resolutiva final es la decisión del tribunal.

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