ESPECHE, WALTER RAFAEL Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - GN - DTO 679/97 - APORTE PREVISIONAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Acción de inconstitucionalidad contra el Decreto 679/97 por descuentos sobre el aporte previsional de personal de Gendarmería. El Juzgado declaró inconstitucional el Decreto 679/97, ordenó la devolución de las diferencias descontadas desde dos años antes de la demanda y admitió la falta de legitimación pasiva de la Gendarmería Nacional por transferencia de partidas prevista en el Decreto 760/2018.
¿Quién es el actor?
ESPECHE WALTER RAFAEL; AGUIRRE RAMON; LOPEZ JORGE ANTONIO.
¿A quién se demanda?
EN
- Ministerio de Seguridad
- Gendarmería Nacional Argentina (se admitió excepción de falta de legitimación pasiva respecto de la GN y se rechazó la demanda contra ella).
- Objeto de la demanda: Se solicitó declarar la inconstitucionalidad del Decreto N.º 679/97 y la restitución de los importes descontados por aplicación del aumento del aporte previsional (de 8% a 11%) aplicado a sus haberes de retiro/pensión, con más intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al pedido. Se admitió la excepción de falta de legitimación pasiva deducida por la Gendarmería Nacional y se rechazó la demanda contra ella; se hizo lugar a la demanda de los actores respecto del fondo, se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, se condenó a la parte demandada a reintegrar la diferencia de los importes descontados en concepto de "Aporte Previsional" con fundamento en el Decreto 679/97 desde los dos años anteriores a la interposición de la acción; la liquidación deberá practicarse por la Gendarmería Nacional y/o por la CRJPPF dentro de 90 días desde la intimación, y se impusieron las costas a la parte demandada vencida. Se diferirá la regulación de honorarios hasta la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En dicho pronunciamiento, el Máximo Tribunal destacó, en cuanto al planteo de inconstitucionalidad del Decreto-Ley 22.788, que '…con relación a los agravios que se dirigen a cuestionar la validez del aporte personal fijado por la ley 22.788 con fundamento en que hasta el dictado de esa norma los retirados y pensionados de la Gendarmería Nacional no estaban obligados a realizarlo, resulta de aplicación la doctrina de este Tribunal según la cual la modificación de una norma por otra posterior de igual jerarquía no da lugar a cuestión constitucional, pues nadie tiene derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentos, ni a su inalterabilidad (Fallos: 315:839; 327:5002; 338:757), más aún cuando la imposición de dicha carga se sustenta en razones de interés colectivo y manifiesto carácter asistencial, sin que se advierta que vulnere los derechos superiores invocados.'"
"No obstante, en relación con el Decreto 679/97, resolvió que '…los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé (arg. Fallos: 322:1726). En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97…'."
"En consecuencia, sin perjuicio de mi criterio sentado en causas anteriores y de conformidad con lo resuelto por el Máximo Tribunal en la causa 'Pino Seberino y otros'..., corresponde admitir el reclamo interpuesto con los alcances fijados en el fallo citado precedentemente y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, ordenando el reintegro de los importes descontados con fundamento en este último."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto; la parte dispositiva constituye la decisión del tribunal.
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