BARRIOS, LUCRECIA VIVIANA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
Reclamó el reconocimiento de retiro por invalidez conforme art. 49 p.4 Ley 24.241 contra la resolución de la Comisión Médica Central. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Central y ordenó costas por su orden, fundando la decisión en la validez y suficiencia del informe del Cuerpo Médico Forense de Paraná que acreditó incapacidad del 47,11%.
¿Quién es el actor?
BARRIOS, LUCRECIA VIVIANA.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Solicitud de retiro por invalidez (art. 49 p.4 Ley 24.241).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Central y dispuso costas por su orden (art. 68, segundo párrafo del CPCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del fallo):
"Que, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, el Cuerpo Médico Forense de la ciudad de Paraná provincia de Entre Ríos, produjo un informe, que en base a las consideraciones médico legales que desarrolla, concluye reconociendo la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 47, 11 %."
"Que, el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; máxime si se tiene presente que aquellos no resultan conmovidos por las observaciones formuladas por la parte actora en oportunidad de contestar el traslado que de aquel se le corriera a las partes."
"La solución propiciada concuerda con la discernida por la C.S.J.N. en situaciones análogas, como ser, entre otras, por sentencia del 26.12.17 in re RECURSO DE HECHO 'SOSA C/ ANSES S/ RETIRO POR INVALIDEZ (ARTICULO 49 P4 LEY 24241)'."
No se registra voto en disidencia en el dispositivo final; la decisión consta como acordada por la Cámara.
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