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DENUNCIADO: BAIRES DISTRIBUCIÓN S.R.L Y OTRO s/INFRACCION LEY 27.430 DENUNCIANTE: ARCA DGI

Causa por presunta evasión tributaria del ejercicio 2020 promovida contra B. D. S.R.L. La sentencia de primera instancia sobreseyó totalmente a B. D. S.R.L., aplicando retroactivamente la ley N° 27.799 por ser más benigna y estimando que los montos reclamados no encuadran en la figura penal.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Denuncia presentada por la Dra. Diana María García, Jefa (Interina) de la Sección Penal Tributario de la Dirección Regional Centro de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Demandado: Contribuyente B. D. S.R.L. (CUIT ). Objeto: Investigación por presunta evasión del Impuesto a las Ganancias (ejercicio 2020) por $1.609.591,71; del Impuesto al Valor Agregado (ejercicio 2020) por $1.869.851,89; y del Impuesto a las Ganancias por Salidas No Documentadas (ejercicio 2020) por $3.911.689,06, en el marco del Régimen Penal Tributario (ley 27.430). Decisión: Se sobresee totalmente a B. D. S.R.L. por cuanto los hechos investigados "no encuadran en una figura legal", aplicando retroactivamente la ley N° 27.799; se declara que la formación del sumario "no afecta el buen nombre y honor", se ponen los autos a disposición del Ministerio Público Fiscal para las actuaciones que estime corresponder, se notifica a la ARCA y se dispone no imponer costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): 3°) "Que, con fecha 24/06/2025, el señor Fiscal formuló requerimiento de instrucción contra la contribuyente B. D. S.R.L., en orden a los hechos denunciados –los cuales calificó en los términos del artículo 2°, inciso 'd', en función de lo dispuesto en el artículo 1°, todos ellos del Régimen Penal Tributario instaurado en el art. 279 de la ley 27.430
- y, seguidamente, este juzgado dispuso delegar la dirección de la investigación en ese magistrado (art. 196 del CPPN). ... el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó se disponga el sobreseimiento ... toda vez que los hechos investigados no encuadran en una figura legal." 4°) "Que, en ese orden, resulta propicio remarcar lo expresado por la Corte Suprema de Justicia de Nación, en el fallo del Máximo Tribunal 'Vidal, Matías Fernando Cristóbal y otros s/infracción ley 24.769' ... se sostuvo que la ley N° 27.430 ... debe ser aplicada retroactivamente en función del principio de ley penal más benigna. Y cabe también tener presente la obligación de todo Tribunal de conformar sus decisiones a las adoptadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación..." 5°) "Que, en consecuencia, corresponde aplicar en forma retroactiva la ley N° 27.799 por la que se aprobó el nuevo Régimen Penal Tributario, a partir de lo cual resulta procedente dictar el sobreseimiento total en orden a los sucesos señalados en la presente (confr. artículos 334, 335 y 336, inciso 3° del CPPN y artículo 2 del CP) con relación a la contribuyente B. D. S.R.L. (CUIT N° )."
- Disidencia: No se advierten votos en disidencia en el texto; la Parte Resolutiva es dictada por el juez de primera instancia que firma.

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