CASTRO, EULOGIO PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajuste de haberes previsionales y nulidad de DNU por coberturas y topes. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente a la apelación de ANSES: revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y confirmó la sentencia apelada en lo restante, declaró la inconstitucionalidad del DNU 157/2018 e impuso costas a ANSES.
¿Quién es el actor?
CASTRO, EULOGIO PEDRO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios de haberes previsionales (reajuste del haber inicial, actualización del componente PBU, impugnación de topes, inconstitucionalidad de normas como art. 2 ley 27.426 y DNU 157/2018; pedidos de exención de ganancias, aplicación de leyes 27.541 y 27.609, costas y honorarios).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426 conforme la doctrina de la CSJN; se confirmó la sentencia apelada en el resto de sus consideraciones; se declaró la inconstitucionalidad del DNU 157/2018; se impusieron las costas de la presente instancia a la demandada vencida; y se regularon honorarios en un 30% de lo previsto en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"La CSJN, el 4 de diciembre del año 2025,
- en los autos: “CSS 138932/2017/CS1 ... Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos” revocó la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del artículo puesto en crisis, por reconocer en el considerando 11, que 'en el presente caso puede afirmarse que la ley 27.426 –vigente desde el 29 de diciembre de 2017– no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido –recién se devengaría en marzo de 2018– ni se contaba con los elementos necesarios para ello...'"
"En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio planteado por ANSeS, revocar en este punto la sentencia de primera instancia y declarar la constitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426."
"En dicho precedente, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por no verificarse la existencia de circunstancias excepcionales exigida por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional para su validez, y, por ende, reafirmó la plena vigencia del artículo 36 de la ley 27.423, que establece: 'En las causas de seguridad social los honorarios se regularán sobre el monto de las prestaciones debidas. Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación...'"
Además, el voto explica la desestimación de agravios sobre la actualización del PBU (aplicando la doctrina “Quiroga” y precedentes de la Sala), la diferición del análisis de topes y del art.1 de la ley 27.609 para el momento de liquidación, y la regulación de honorarios: "corresponde regularlos en un 30% de lo establecido en primera instancia (conf. art. 30 de la ley 27423)."
No consta disidencia: los Dres. Pizarro y Castiñeira de Dios adhieren al voto que antecede.
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