MOSE MEDRANO MARIA DELIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajustes varios de su prestación previsional, reclamando recálculo de la Prestación Básica Universal, inconstitucionalidad de la Ley 27.609, incorporación de “bonos” y refuerzos y cuestionamientos por aportes autónomos e impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, difirió el examen de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y de la incorporación de “bonos” para la etapa de ejecución, confirmó lo demás y ordenó costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
MOSE MEDRANO MARIA DELIA.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos a haberes previsionales (fecha de adquisición del beneficio 12/01/2022), recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de la movilidad establecida por la Ley 27.609, incorporación de “bonos” o “refuerzos extraordinarios”, cómputo de aportes autónomos para el haber inicial e incidencia del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y el análisis sobre la incorporación de “bonos” y/o “refuerzos extraordinarios”; confirmó lo resuelto en la instancia apelada en todo lo demás que fue objeto de agravios; impuso costas de Alzada a la demandada vencida y reguló honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de lo fijado en la instancia anterior (más IVA si corresponde). Se devolvieron las actuaciones al Juzgado de origen. Fecha de adquisición del beneficio informada: 12/01/2022.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"La parte actora apela la sentencia de primera instancia que rechazó su planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.609, la cual establece una fórmula de movilidad previsional que, en su entender, vulnera la garantía de movilidad prevista en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional."
"En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución."
"Y es que en virtud de la adopción del DNU 274/2024 y la nueva metodología de movilidad establecida en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241, resulta razonable actuar con cautela, pues la modificación introducida refleja la toma de conciencia de la insuficiencia de la ley 27.609 y su impacto adverso en los haberes previsionales... Dictar un pronunciamiento definitivo en esta etapa podría superponerse y, eventualmente, obstaculizar los ajustes normativos que se están implementando..."
"Por lo expuesto, propicio: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la movilidad establecida por la Ley 27.609 y de la incorporación de “bonos” y/o “refuerzos extraordinarios” para la etapa de ejecución; 3) Confirmar el pronunciamiento apelado en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 4) Costas de Alzada a la demandada vencida conforme la doctrina sentada por la CSJN..."
- Votos y disidencias relevantes: El Dr. Juan A. Fantini adhirió al voto preopinante con la salvedad de su criterio respecto de la Prestación Básica Universal, proponiendo que el recálculo de la PBU se realice en los términos del precedente "Grattone Angel Celestino c/ ANSeS", lo que constituye una posición parcialmente diversa sobre los parámetros aplicados a la PBU. No obstante, el acuerdo final por mayoría resolvió la revocación parcial y el diferimiento indicado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: