PAJON DANTE RODOLFO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor contra ANSeS por reajustes y actualización del haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional la metodología del art. 3 Ley 27.426 para remuneraciones entre el 31/03/1991 y el 28/02/2009 y ordenó usar el índice ISBIC; confirmó lo restante y diferió cuestiones vinculadas a Villanustre y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Pajon Dante Rodolfo.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; impugnación de la metodología de actualización de remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial, reclamo de actualización de la Prestación Básica Universal y demás ajustes y liquidaciones conexas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada; declaró la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426 para las remuneraciones comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/02/2009 y ordenó utilizar para ese período el índice ISBIC; diferió el tratamiento del precedente "Villanustre" para la etapa de ejecución; diferió la regulación de honorarios de primera instancia; confirmó lo resuelto en lo demás; impuso costas de alzada a la demandada vencida y reguló honorarios de alzada en el 30% de la suma que se fije por la labor en primera instancia con más IVA cuando corresponda. Se devuelven las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (textos y citas del fallo):
"En consecuencia, las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive, en caso de resultar más favorable, se ajustarán por el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), por lo que resulta inaplicable para este periodo el índice dispuesto por el art. 3 de la ley 27.426."
"Por lo expuesto, voto por revocar lo resuelto en instancia de grado, en estos términos, y declarar la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 3 de la Ley 27.426 para las remuneraciones que se encuentren comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/2/09. Ello así, deberá utilizarse a tal fin el índice ISBIC dispuesto por el Más Alto Tribunal de la Nación en autos 'Elliff' y 'Blanco'."
"En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes." (sobre la impugnación relativa a la Prestación Básica Universal y otros agravios)
"En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
- Disidencia parcial: El Dr. Juan A. Fantini estuvo en disidencia parcial en cuanto al alcance de la actualización de remuneraciones, proponiendo distinguir según si se hubieren utilizado 18 remuneraciones o más anteriores a marzo de 2009 (aplicar Elliff/Blanco) o, en caso contrario, aplicar el art. 3 de la Ley 27.426. Esa propuesta quedó en minoría y no integra la decisión de la Cámara.
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