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SAMPEDRO LUIS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Sampedro promovió acción por reajustes varios contra ANSeS reclamando actualización de haberes y declaración de inconstitucionalidad de normas y topes. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, diferió para ejecución el examen de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y los “bonos”, declaró inconstitucional el art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 si en liquidación produce una quita superior al 15% y confirmó lo demás.

Sampedro Anses Reajustes varios Movilidad previsional Ley 27.609 Bonos/refuerzos Ley 24.463 art.9 inc.3 Inconstitucionalidad Costas Seguridad social


¿Quién es el actor?

Sampedro Luis Alberto.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios sobre haber previsional, impugnación de la movilidad prevista por la Ley 27.609, cuestionamiento de “bonos”/“refuerzos extraordinarios”, topes del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, y otros agravios vinculados (impuesto a las ganancias, intereses, costas, y posible inconstitucionalidad de leyes 23.928 y 25.561).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada; diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad de la movilidad establecida por la Ley 27.609 y de la incorporación de “bonos” y/o “refuerzos extraordinarios” para la etapa de ejecución; declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en el supuesto de que en la etapa de liquidación se acredite que la aplicación de los topes genera una quita superior al 15%; confirmó lo demás decidido en la sentencia apelada; impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida; reguló honorarios por la Alzada en 30% de lo fijado en la instancia anterior; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución." "De allí se colige, que, si bien las circunstancias han ido cambiando a lo largo del tiempo, como así también la movilidad aplicable, las sumas instituidas por los decretos cuestionados, siguen siendo abonadas." "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% –límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente–"
- Disidencias: No hubo disidencia; los jueces indicados integran el acuerdo que resolvió conforme la parte resolutiva.

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