ALFARO DARIO NEMESIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Alfaro promovió demanda contra ANSeS reclamando reajustes varios sobre su prestación. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el pronunciamiento apelado, rechazó el agravio de ANSeS respecto de la actualización de la Prestación Básica Universal e impuso costas a la demandada, además de regular honorarios a favor de la representación letrada de la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ALFARO DARIO NEMESIO.
Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
Objeto: Reajustes varios sobre la prestación percibida por el actor, con discusión específica sobre la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU). Se consigna que la Fecha de Adquisición de Beneficio es 08/02/2023, en vigencia de la Ley 24.241 y sus modificaciones por la Ley 27.609.
Decisión: La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; impuso costas de alzada a la demandada conforme a la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo” (Fallos: 346:634, 22/06/2023); reguló los honorarios de la representación letrada de la parte actora en el 30% de lo fijado por su actuación en la instancia anterior más IVA si corresponde; y ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes):
1) "Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la Fecha de Adquisición de Beneficio del actor es el 08/02/2023, en vigencia de la Ley 24.241 con las modificaciones introducidas por la Ley 27.609."
2) "El organismo cuestiona que se disponga actualizar la Prestación Básica Universal. ... Sobre dicha cuestión esta Sala entiende que del precedente ‘Quiroga, Carlos Alberto’ no surge que el Máximo Tribunal hubiera limitado la actualización de la Prestación Básica Universal a una fecha determinada de adquisición del beneficio como sostiene la apelante. El único resultado que procura evitar es la materialización de un supuesto de confiscatoriedad con relación a uno de los componentes del haber."
3) "En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSeS."
4) Propuesta dispositiva adoptada por la Cámara: "1) Confirmar el pronunciamiento apelado en cuanto ha sido materia de agravios; 2) Costas de Alzada a la demandada vencida conforme la doctrina sentada por la CSJN en autos ‘Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo’, Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023; 3) Regular los honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora por su actuación ante la Alzada en el 30% de lo fijado por su actuación en la instancia anterior con más el IVA en caso de corresponder (art. 30 primer párrafo Ley 27.423); 4) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Fantini y Carnota adhirieron al voto de la Dra. Dorado.
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